Si el asunto es en Barcelona, tienen ustedes el código civil catalán. En el régimen común la falta de respuesta significa que puede considerarse que ha aceptado la herencia, no que la ha rechazado. Vaya a notaría y adjudíquese lo que proceda, aquí la discapacidad no significa nada y su falta de atención a este asunto no le va a beneficiar jamás.
Una pregunta, si mi madre falleció en 2021 y somos 2 herederos a partres iguales porque no hizo testamento y solo hay un piso y un dinero en la cuenta corriente, debido a que no hay buena relación con mi hermana, ella por su cuenta ya hizo la declaración de herederos y atraves de un requerimiento notarial que me personara para aceptar o no la herencia y no me presente en ninguna de las dos veces y pasados ya 2 meses , aqui en barcelona me encuentro que es como si hubiera rechazado la herencia y se me pide que abandone el piso en el cual yo he vidio siempre con mi madre es normal? puedo recurrir? yo tengo la incapacidad permanente y he apelado para conseguir la absoluta por problemas serios de salud y con discapacidad del 53%