Hola, mi caso es un poco especial y queria saber antes de dar ningun paso, cómo actuar? os pongo en situacion.
Familia: matrimonio casado en gananciales y con tres hijos; marido comete un delito por el cual esta en prision y en la sentencia, además de prision, le solicitan una cantidad de dinero para indemnizar, mayor a la cantidad total que tienen de dinero entre los dos.
Dias antes de la sentencia, la mujer muere dejando testamento.
Pregunta: ¿Tiene la conyuge responsabilidad subsidiaria al no tener el condenado dinero suficiente de su 50%, al estar en gananciales,? Quiero decir, tendria que pagar la conyuge o los herederos de esta mujer la cuantia restante de este hombre?
1º Creo que su abogada no les asesoró suficientemente bien, ya que existe la posibilidad de aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que supondría que se pagaría la deuda con el banco con el dinero de la herencia y lo que quede, es para los herederos que no adquirirían ninguna deuda.
2º Si aceptan la herencia hay que tener en cuenta varias cosas:
a) Habría que calcular si el piso de la pareja actual supera el límite de un tercio de la herencia. Si es así, la parte que lo supera es de los hijos. Si no lo supera, habría que satisfacer la diferencia con bienes o con dinero de la herencia.
b) El piso donde ahora vive su madre será propiedad del fallecido pero dice que estaban separados legalmente. Seguramente exista en la sentencia de separación alguna previsión respecto al usufructo de uso y disfrute a favor de su madre. De ser así, no podrá echarla de casa.
c) Ustedes adquieren dos tercios de la herencia, pero la actual pareja de su padre, como viuda, también adquiere el usufructo del tercio de mejora (por tanto tiene derecho al tercio de libre disposición en propiedad en virtud del testamento, y usufructo del tercio de mejora, en virtud de disposición legal).
d) Hacer o no hacer algo con respecto a la herencia es cuestión de estudiar las propiedades y el dinero que hay, valorarlo y hacer el reparto conforme las disposiciones testamentarias y legales.
Hola,
quería hacer una consulta.
Mi padre falleció en 2008 y nos enviaron el testamento por correo de parte de la notaría, ya que él vivía en Huelva y nosotros, sus hijos en Barcelona.
En el testamento decía que dejaba todo a sus tres hijos y en el tercio de libre disposición estaba su pareja actual.
En el testamento constaba el piso en el que vivía con su compañera y el piso en el que vive mi madre, su ex mujer, separados legalmente, pero no divorciados.
Nuestra abogada nos recomendó que no hicieramos nada, ya que al aceptar la herencia también aceptabamos la deuda (tenía un prestamo sin pagar de 10.000€ en el BBVA)
Teníamos miedo de que su pareja reclamara su parte del piso en el que vive mi madre, ya que no se escrituró de nuevo y está integramente a nombre de mi padre, así que ni aceptamos ni rechazamos la herencia.
No creemos que lo quiera reclamar, ya que nosotros a su vez le reclamariamos a ella las tres partes de su piso y saldría perdiendo.
mi pregunta es: si renunciamos a la herencia, podría pasar todo a ella y por lo tanto dejar a mi madre sin su casa?
Gracias!
Tiene razón Artemisa, en sentido lato es así; pero en sentido estricto se habla de repudiación para referirnos a la renuncia abdicativa, y de renuncia para la traslativa a favor de otra persona.
¿Alguien me puede decir cuál es la diferencia entre repudiar y renunciar a una herencia? O por lo menos qué artículos mencionan la diferencia, siempres que exista diferencia, clar. Gracias