1) La afirmación no es correcta. No son necesarios en los procedimientos verbales por razón de cuantía que no excedan esa cantidad. En los ordinarios, o los verbales por razón de materia, son necesarios siempre. Esto siempre en Jurisdicción Civil.
2) Los abogados no podemos, en Jurisdicción Civil, representar procesalmente a nadie.
3) Aunque tras la última reforma de la LEC puede haber matices, lo cierto es que si no se presenta podrá tenersele por confeso en todo lo que le perjudique.
Representación en juicio. cuantía inferior a 2000 euros
En los juicios de cuantía inferior a 2000 euros no es necesaria la intervención de procurador, pero ¿puede asumir la representación del demandante un abogado? ¿Es necesario que acuda sí o sí al juicio el demandante?