Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Representación de los trabajadores

7 Comentarios
 
Representación de los trabajadores
perfil MS
22/01/2006 23:40
¿Es obligatorio que en una empresa con 25 trabajadores haya representación de los trabajadores?

Yo entiendo que son los trabajadores los que deciden si quieren establecer en la empresa representación o no. ¿Es así?

Gracias.
23/01/2006 01:58
Si
23/01/2006 09:47
Es un derecho de los trabajadores, no una obligación de la empresa.
23/01/2006 11:19
Hola:
Efectivamente, no es obligatorio y es un derecho de los trabajadores. Pero, una cosa es ¿donde se pueden celebrar elecciones? y otra cosa es, ¿quién puede promover elecciones?

La primera pregunta es que se pueden celebrar elecciones en aquellas empresas que tengan más de 10 trabajadores. Además, en las empresas que tengan entre 6 y 10 trabajadores si lo deciden éstos por mayoría. Es decir, que en una empresa con 7 trabajadores, la mayoría 4 trabajadores, pueden decidir realizar elecciones.

Para promover elecciones, aunque cualquier sindicato constituido o grupo de trabajadores que reúna el triple de firmas de puestos a cubrir puede presentar una candidatura, no todos están legitimados ya que según la Ley sólo pueden promover elecciones los siguientes:

- Los sindicatos más representativos a nivel estatal o de Comunidad Autónoma.

- Los sindicatos que hayan obtenido al menos el 10% de representantes en la empresa .

- Los sindicatos que cuenten con el 10% de los representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas.

- Los trabajadores de la unidad electoral por acuerdo mayoritario. Se entiende siempre que se refiere a la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.

Saludos.
23/01/2006 13:25
Hombre más que obligatorio, es que es necesario para las buenas relaciones laborales. Y no sólo los trabajadores deciden, también las centrales sindicales si tienen candidatos pueden promover las mismas.
23/01/2006 13:36
Sobre que se puede a partir de 10 trabajadores, ¿se refiere en cada centro de trabajo o a la totalidad de la empresa?.
23/01/2006 14:14
Hola:
Para determinar la unidad electoral se hace de la siguiente forma:

- La empresa cuando exista un solo centro de trabajo.

- El centro de trabajo, cuando haya varios centros de trabajo en la misma empresa.

- Cuando una empresa tenga en la provincia o en municipios limítrofes dos o más centros de trabajo donde en cada uno de ellos no se alcance los 50 trabajadores pero que entre todos los centros s i los sumen se puede crear un Comité de Empresa conjunto. Hay alguna experiencia en centros que no alcanzan los 50 trabajadores pero es por sentencia.


Saludos.

Saludos.
24/01/2006 09:35
Se refieren al centro de trabajo aunque cuando haya varios en una provincia se pueden hacer en función del nº de trabajadores.