Como les han indicado, el valor de los bienes es el que tenga a fecha fallecimiento. No tendría sentido el de compraventa de las dos vivienda, ya que lo lógico es que se hayan realizado en dos momentos diferentes, por lo que su valor de compra varía, en función de la evolución del mercado. Imaginese de que las dos vivienda fueran identicas, pero compradas en años diferentes. Evidentemente no tendrian el mismo valor de compra. Sin embargo, el valor de tasación si es el mismo.
Un criterio que pueden utilizar es el de acudir a algún portal inmobiliario de Internet (no le puedo dar nombres) que realizan valoraciones gratuitas. Estas valoraciones son bastantes fiables, ya que se basan en los precios de compraventa cruzados, y su programa informatico el que da los resultados.
La masa hereditaria tiene el valor imputado el día de la muerte del causante. Sirve comunmente el certificado de valoración a efectos del impuesto de transmisiones patrimoniales, que le dan en la consejería correspondiente de la comunidad autónoma. Dependiendo de esta, se lo pueden referenciar a la fecha de la muerte del testador.
Buenas tardes.
Mi pregunta es referente al reparto de dos viviendas entre los tres herederos de la misma ya que desconozco cómo se puede hacer y cómo calcular el valor de venta ya que dos herederos están interesados en cada una mientras que el el tercero no.
La historia viene sobre el valor de las mismas ya que uno de ellos aboga por el valor de compraventa que hizo en su día sin tener en cuenta el valor actual de mercado y las mejoras realizadas y claro.... Eso se puede hacer o es obligado que el notario pida tasación de los bienes y sea este el valor que se de para aceptar la herencia.
Grqcias