Hola. Somos 5 hermanos y al fallecer nuestro padre (el único superviviente ya de nuestros dos padres) vamos a repartir su herencia la cual se compone únicamente de dinero. Uno de nuestros cinco hermanos debe dinero precisamente a ese banco donde está el dinero.
Hemos escriturado en el reparto de herencia que ese hermano tiene una deuda con nosotros y que en ese momento, con su parte de la herencia, salda la deuda con nosostros (pago que nosostros haceptamos) y en el reparto que figura en la escritura ya se hace el reparto del total a heredar entre los otro cuatro.
¿puede el banco decir que no se cree eso y retener el dinero que tiene que entregarnos o en su caso debe abonarnos el reparto y si tiene sospechas acudir posteriormente al juzgado? ¿se le ocurre alguna cosa con respecto a lo que he contado que pudiera serme útil?. Muchas gracias.
Mejor que os asesore un abogado, pero si lo quequereis es que él tenga acceso a su parte de herencia sin tener qu abonar previamente su deuda, supongo que podeis hacer que él renuncie a la herencia a vuestro favor y un contrato interno entre vosotros en el que ponga que le debeis 'x' cantidad de dinero...
Gracias Karlos68. Descartamos el tema de la renuncia expresar por evitar la figura del "alzamiento de bienes". Consultamos con un abogado y no cree que esto se produjera pero preferí plantear esta consulta en este foro por si a alguien se le había planteado algo.
Gracias de nuevo