Mi padre vivía de alquiler. Mi hermana vivía con mi padre.
El dueño de la casa le quiso vender la casa a mi padre, pero por su edad y yo por no tener contrato ninguna entidad nos concedía el préstamo, por lo que al final las escrituras y la hipoteca se puso únicamente a nombre de mi hermana, que ella es joven y tenía nómina, a pesar de que la esté pagando mi padre.
En la cuenta de mi padre (donde cobra la pensión, etc) estamos mi hermana (que vive con mi padre) y yo. En esa cuenta también está domiciliado el pago de la hipoteca y los correspondientes seguros ligados.
Legalmente la casa es de mi hermana, pero realmente la está pagando mi padre, por lo que sería de mi padre tendríamos que heredar mi hermana y ya pero..., si mi padre fallece y mi hermana se ponte tonta..., ¿podría reclamar mi parte de la casa de alguna manera? Tengo miedo de que se quede con la casa y no me de mi parte.
Le comenté a mi hermana de ver la posibilidad de poner la casa a nombre de los dos o hacer algo por escrito ante notario, pero tras consultar con ellos las soluciones que nos proponen no nos las podemos permitir economicamente hablando (que si una donación, que si rehipotecar, etc).
Mi hermana ahora se ha casado, vive con su pareja y tiene tres niños. Le comenté este problema a mi padre y lo que ha hecho, por si acaso, es abrir otra cuenta, domiciliar todo en ella e ingresar en la cuenta en común el dinero de la hipoteca y seguros con concepto "pago hipoteca y seguros" (para justificar de alguna manera que lo está pagando él, pues en esa cuenta en común solo él ingresa dinero). En esa cuenta ha dejado el dinero justo y el resto se lo ha llevado a la cuenta nueva.
El caso es el siguiente: ¿si mi padre fallece yo puedo reclamar de alguna manera a mi hermana que la casa es de las dos?
No, su parte de la casa no. Sin embargo, como podrá acreditar las aportaciones (procuren ir guardando los movimientos bancarios porque luego, pasan muchos años, los bancos no siempre los facilitan y además, cobran barbaridades por ellos), éstas pueden ser llevadas a colación y formarán parte del activo de la herencia.
Su hermana también puede firmar un acuerdo privado reconociendo la deuda con su padre tanto de lo ya abonado por casa y seguro, como por lo que resta por pagar. Esa deuda también formaría parte del activo de la herencia en su momento.
También su padre puede formalizar con su hermana un préstamo en escritura pública.
Un saludo.
Me parece que mi hermana no va a querer firmar nada (a pesar de que ha dicho que no nos preocupemos), ya que se ha enfadado con mi padre. Por eso mi padre y yo estamos empezando a tomar precauciones.
¿Entonces lo que va ingresando mi padre en la cuenta en común y con concepto "Recibo hipoteca y seguros se podría reclamar a mi hermana a posteriori?
Si. Sería mejor que ingrese por un lado el importe de la hipoteca y por otro, el del seguro. Evitarán problemas futuros a la hora de desglosar y cuantificar los importes de cada cosa.
Un saludo.
Como he dicho anteriormente mi padre tenía antes domiciliada la pensión en la cuenta en común y no se especificaba nada. En esa cuenta mi hermana tenía domiciliada la hipoteca y los seguros.
Ahora mi padre lo tiene en otra cuenta y hace un ingreso todo los meses a la cuenta en común con el concepto "Recibo hipoteca más seguros". En esa cuenta en común siempre la única fuente de ingresos era la de mi padre.
¿Se puede reclamar también los anteriores pagos cuando mi padre tenía domiciliada la pensión en la cuenta en común?
Ok, pensaba que solamente se podía reclamar desde que mi padre se fue a la otra cuenta y empezó a hacer las transferencias mensuales con el concepto que he mencionado antes.