Hola. Mis padres, casados en regimen de gananciales, tenían en cotitularidad en el banco una cuenta corriente y una cuenta de ahorro. Mi padre fallece dejando testamento y se hace escritura pública (pues también hay en herencia la casa familiar). Mi madre hereda el ususfructo de todos sus bienes y mis hermanos y yo (hijos de ambos) somos herederos universales. Se han pagado los impuestos teniendo en cuenta el 50% de los saldos bancarios a fecha de fallecimiento y sin embargo el banco, para el reparto del dinero a los herederos, ha tenido en cuenta el 50% del saldo disponible en las cuentas a fecha de reparto (siete meses despues), siendo el saldo algo menor, logicamente. Está bien hecho o han cometido un error? si es un error, puede el banco más adelante reclamarle a mi madre, ya que lo que no se ha repartido se ha quedado en su cuenta bancaria?. Gracias de antemano
Por favor, si he planteado mal la pregunta y resulta liosa o no debe estar en este apartado, diganmelo. Me urge respuesta, estoy deseando terminar con este tema. Gracias
Bien del todo no esta, el banco debe repartir el 50% del saldo a la fecha del fallecimiento, da igual que después quede menos dinero, tenéis que pedir al banco un certificado del saldo a esa fecha y reclamar el reparto de esa cantidad
Gracias Julian, me lo temía
Pero y si no reclamamos, tendremos problemas? sobre todo mi madre? Algunos de mis hermanos piensan que la diferencia es tan pequeña que no merece la pena remover nada.
La diferencia es que los herederos llevareis un poco mas de dinero que en realidad es de vuestra madre pues en el momento del fallecimiento el saldo era algo mayor, sois vosotros los que debéis decidir pero aunque el banco podría reclamar esa parte del dinero faltante a vuestra madre si como dices la cantidad es mínima no suelen hacer nada
Gracias Julián, me dejas más tranquila
Pero te aclaro que los herederos (mi madre como usufrucuaria y los hijos) recibimos menos de lo estipulado, no más. Y es curioso que el banco cuando traspasó a mi madre su dinero a la cuenta nueva, sumó su parte heredada con la parte que quedó (su mitad por gananciales), es decir le hizo un traspaso general, lo que me da por pensar que harán lo que tu dices, cerrar el tema pues parece que lo que tiene que quedar claro es lo que reciben los herederos no cotitulares de la cuenta.
Tu que crees? mil gracias