5 herederos poseen cada uno de ellos el 20% de la herencia. La herencia consiste en fincas rústicas y solares urbanos, de los que cada uno de los herederos tiene el 20%, pero ninguno tiene una finca para sí solo. 4 de los herederos quieren que se de un valor a las tierras y se proceda a un reparto, de manera que cada uno tenga sus propias tierras y poder vender, etc, etc. ¿Se puede obligar por ley al que no está de acuerdo? Hay jurisprudencia al respecto. El que no está de acuerdo dice que no hace falta una tasación, que vasta con una valoración de alguien de la zona. ¿Se le puede obligar a que pague su parte de la tasación? Gracias
Si hay acuerdo, se puede valorar por el doble o triple (según zonas y coeficiente aplicable) del valor catastral. Existe una tabla de valoraciones (ver página del catastro si no recuerdo mal), según zona, cultivo, etc. Pero si no hay acuerdo, lo mejor es valorarlo a precio de mercado, y para ello, acudan a un agente de la propiedad inmobiliaria, ingeniero, o ingeniero técnico agrícola.
Los gastos imputables a la partición de herencia se reparten entre todos los herederos.
Si no está de acuerdo alguno, deberán acudir a un procedimiento judicial.