Se puede hacer una permuta, pero sería más económico hacer extinciones de condominio sobre cada una de las viviendas heredadas en proindiviso, si es que por ser dos herencias diferentes separadas en el tiempo no fuera viable asignar directamente la vivienda al que se la quiera asignar. Esto lo podéis preguntar en la notaría donde tramitéis la herencia, os informarán debidamente de todo, si es que estáis ya todos de acuerdo, pues se trataría solo de elegir la opción fiscalmente más económica.
Buenas noches:
CC AA de Galicia. Tras la muerte de mi madre, que no había hecho testamento, el reparto de la herencia quedó de la siguiente manera:
- Vivienda A: 50% nuestro padre 50% los 3 hermanos (Todo en herencia de madre aceptada
por todos)
- Vivienda B: 50% nuestro padre 50% los 3 hermanos (Todo en herencia de madre aceptada
por todos)
- Mi padre tiene como propiedades privativas de él por herencia de sus padres:- Vivienda C y
terreno urbanizable
Tanto vivienda C como terrenos y el 50% de cada una de las viviendas A y B, tiene hecho testamento a repartir en partes iguales entre hermanos y quiere iniciar ahora reparto. La intención es que cada hermano tenga al final una casa en propiedad.
Cada hermano quiere una casa y (por suerte) cada uno quiere una diferente (no coincidimos en gustos), por lo que buscamos la mejor manera de repartir A, B y C para que quede cada uno con una vivienda dejando los terrenos como posible compensaciones entre nosotros.
¿Podemos permutar entre nosotros las partes de las viviendas? ¿Vendernos unos a otros propiedades? ¿Sería más rentable que mi padre dejase en testamento que vivienda C quede “repartida” como las otras dos viviendas para poder hacer intercambios de mejor manera? ¿Cuál es la manera más idónea de hacerlo?