Buenos días, expongo aquí las dudas que me surgen a raíz del reciente fallecimiento de mi hermano y su esposa, relativo al reparto de herencia.
Mi hermano y su esposa sufrieron un accidente de tráfico en el mes de Enero de este año, mi cuñada falleció prácticamente en el acto y mi hermano falleció a principios de Marzo por las secuelas del accidente.
No tenían hijos y no habían hecho testamento, nadie podía imaginar esta tragedia. La situación familiar es la siguiente. Mi cuñada no tenía padres, solo tenia un hermano que tiene 2 hijos, sobrinos de mi cuñada. Por parte de mi hermano, nuestros padres fallecieron durante la pandemia y tenía dos hermanos, nuestra hermana y yo.
Los bienes del matrimonio eran los siguientes. Un piso comprado por mi hermano antes del matrimonio, una cuenta de ahorro conjunta y otra de mi cuñada. Mi Hermano heredó de nuestros padres la mitad de un local comercial, que compartía conmigo. Mi cuñada tenía de la herencia de sus padres varias propiedades en su pueblo, cerca de Albacete, unas tierras de varias hectáreas alquiladas para placas solares que la daban unos 9000€ anuales y la mitad de la casa del pueblo a medias con su hermano, que es el que vive allí.
El próximo mes vamos a empezar a tramitar todo lo relativo a la herencia de ambos, pero no sabemos como será más conveniente ni como harán el reparto según la ley, si mejor hacerlo en conjunto o cada uno por su parte, la familia de mi cuñada aún no han empezado ninguna tramitación.
No se puede hacer conjunto, son dos herencias distintas. Primero hay que liquidar los gananciales y en cada herencia se sumarán la mitad de los gananciales (si estaban casados en gananciales) y los bienes privativos (los adquiridos por cada uno antes del matrimonio o por herencia, normalmente), constituyendo dos herencias cada una con su inventario que habrá que tramitar por separado.
La de tu hermano os corresponde a mitad a ti y tu hermana. La de tu cuñada como falleció antes que su cónyuge sin ascendientes ni descendientes, pasa al cónyuge, y al haber fallecido sin haberla aceptado ni rechazado por el derecho de transmisión pasa a vosotros, no a su hermano. Podéis aceptar la herencia de tu hermano y rechazar la de vuestra cuñada, en cuyo caso sí pasaría ya a su hermano.
Yo tengo intención de renunciar a cualquier cosa que venga de la familia de mi cuñada, que pinto yo con media casa en un pueblo de Albacete donde vive un señor al que he visto no más de 3 veces en mi vida, y que me consta que esa casa la ha ido reformando y ampliando este hombre los últimos años con lo que también el cobraba de una parcela similar también con placa solares, mi cuñada se desentendió de dicha casa cuando vino a Madrid hace unos 20 años.
Pero no estoy seguro respecto a lo que haga mi hermana, siempre se mostró muy interesada en lo de las tierras esas que había alquilado para un parque solar y aunque lo decía medio en broma, lo veía como una forma de cobrar unos 700€ mensuales por no hacer nada con un contrato que tiene al que le quedarán unos 30 años. Si yo renuncio pero mi hermana no, lo que me hubiese correspondido a mi pasa a mi hermana no?.
La verdad que veo que este sistema de reparto, por muy legal que sea, es bastante injusto, premia a la familia del último en fallecer, pudiendo mover propiedades que han sido de una misma familia por generaciones a otra familia solo por esa casuística.
No me quiero imaginar que hubiese sido si el orden de fallecimiento hubiese sido al revés y yo tuviese que estar pendiente de la voluntad de un señor de Albacete al que no conozco para saber que puedo o no hacer con el local comercial en el que está montado mi negocio.
Sí, comparto tu opinión de que resulta injusto en determinados casos como este. Pero es lo que hay; efectivamente si no renuncia tu hermana acrecerá la parte de esta, no pasará a tus concuñado (que yo también creo que es a quien desearía dejárselo, en un caso así).
Habla con tu hermana a ver qué intenciones tiene, y si ella renuncia a la herencia de ella lo hacéis los dos, y todo bien, o si no acéptala y luego le haces una donación, o renuncias a su favor (que viene a ser lo mismo que aceptar y donarla), pactando que asuma él los gastos y tal. Sería hablarlo también con él.