Buenos días!
A la hora de repartirnos la herencia de mi madre, entre los cuatro hermanos, hemos tenido diversos problemas. No tengo muy claro si, las tres partes restantes tendrían esa parte de la herencia en proporción en dinero o en bienes inmuebles no queda claro en el testamento y el notario, no nos lo dejó muy claro. Tendríamos que contactar con un despacho de abogados especialistas en estos casos??
¿Cuál es el plazo para reclamar una herencia?
¿Cuál es la masa sucesoral?
Contratar un abogado o no es decisión vuestra, no te puedo sugerir que lo hagas o no sin conocer qué problemas hay. Lo normal es que no sea necesario pero hay bastantes casos en que sí.
No hay plazo, aunque se adjudicará cuando alguno la reclame y haga requerimientos notariales al resto si estos se niegan (está el de 30 años para reclamar una herencia, pero vaya...)
La masa hereditaria es el conjunto de bienes a heredar. Según lo que diga el testamento se asignarán los lotes que corresponda o en su defecto se heredará lo que corresponda en valor. Uno se puede quedar un inmueble, otro dinero, o como quieran, mientras el valor sea el que corresponde, siempre que el testamento no diga lo contrario.