Hola buenas tardes anteriormente he escrito en este apartado sin aclarar bien la situación y ahora espero hacerlo mejor .
Mi padre falleció hace un mes justo, y no testó,ahora la duda que tenemos es la siguiente:
Mi padre es casado nuevamente tras divorciarse de mi madre, y en su matrimonio actual lo hizo en régimen de ganaciales.
Fruto del matrimonio nació mi hermano y ahora a la hora de repartir herencia tenemos las siguientes dudas:
Todos los terrenos y propiedades que mi padre posee son adquiridas por herencia de mi abuela a mi padre y algunas de las propiedades pasó al nombre de mi padre cuando mis abuelos mueren, pero mi padre ya está casado en vienes gananciales.
Tiene su mujer derecho a sus propiedades y terrenos como bien dice o son para los hijos y al mujer de mi padre como usufructuaría?, puede su mujer ser usufructuaría de una parte que me toca a mí siendo yo hijo de otro matrimonio y su hijo poseyéndo terrenos y propiedades que le pueden tocar en herencia?,y otra cuestión:
Mi hermano se casa y su mujer está embarazada, ambos están viviendo en una propiedad que según mi padre dejo dicho con testigos que esa propiedad sería para mí, pueden quedársela si nace su hijo estando allí? Y si poseen varias propiedades para vivir ? Muchas gracias ante mano en este caso que parece de telenovela. Gracias
Los bienes privativos de su padre, que son los que tenía con anterioridad a este segundo matrimonio y los recibidos por herencia, son solo suyos. No integran la masa de bienes gananciales, por lo que su esposa no tiene ningún derecho de propiedad sobre ellos.
Los derechos del conyuge viudo, cuando concurre con hijos del fallecido, son el "usufructo de un tercio" del TOTAL de la masa hereditaria. Es decir, que tiene derecho al usufructo de la tercera parte de lo que Vd. reciba y así como de lo que reciba su hermano.
Si la mujer de su padre quiere, sobre la parte que a Vd. le corresponda, puede "exigir" que ese derecho de usufructo le sea canjeado por bienes, o dinero (a elección de Vd. en que forma se lo paga). En cualquier caso, siempre pueden llegar a un acuerdo en cuanto a este punto.
El hecho de que su padre haya expresado verbalmente su voluntad de que determinado bien pase a propiedad de Vd. no tiene ningúna validez a la hora de hacer la partición.
El que su hermano esté usando determinado bien, tampoco le confiere ningún derecho sobre el mismo. Ahora y hasta que hagan la partición, los dos son copropietarios por igual de todos y cada uno de los bienes, sin excepción.