Entiendo que si estas renovando es porque estas dado de alta al momento de la presentacion, asi que es recomendable que esperes a que el expediente sea resuelto, toda vez que esta prorroga se realiza con base en el actual contrato de trabajo.
EXPERTA EN EXTRANJERIA
He tramitado mi primera prórroga de residencia de trabajo por cuenta ajena hace un mes y estoy a la espera. La verdad quiero renunciar hace bastante, y me informaron que debía estar de alta en SS en el momento de la presentación. No se si esto quiere decir que si la presento ya puedo renunciar, o si por el contrario debo esperar a la aprobación para presentar mi renuncia.
Cualquier luz con este tema les agradecería ya que me está afectando a diferentes niveles.