He tramitado mi primera prórroga de residencia de trabajo por cuenta ajena hace un mes y estoy a la espera. La verdad quiero renunciar hace bastante, y me informaron que debía estar de alta en SS en el momento de la presentación. No se si esto quiere decir que si la presento ya puedo renunciar, o si por el contrario debo esperar a la aprobación para presentar mi renuncia.
Cualquier luz con este tema les agradecería ya que me está afectando a diferentes niveles.
Entiendo que si estas renovando es porque estas dado de alta al momento de la presentacion, asi que es recomendable que esperes a que el expediente sea resuelto, toda vez que esta prorroga se realiza con base en el actual contrato de trabajo.
EXPERTA EN EXTRANJERIA