Buenos días, mi madre tiene el usufructo de un local comercial, el cual era de mi padre y la heredera soy yo. El local esta alquilado y la renta esta embargada por unas deudas que tiene mi madre.
Ahora el inquilino quiere comprar el local. ¿Si mi madre renuncia al usufructo y yo vendo el local seria alzamiento de bienes? En el caso de que así fuera de que manera podríamos hacerlo.
Lo razonable sería hablar con el embargante y, en la medida de la deuda y del valor del usufructo, resolver el problema.
Su madre no puede renunciar al usufructo a favor de usted porque sería una donación, y no puede venderlo (usted vende la nuda propiedad) sin saldar la deuda.
Dado que el usufructo no tiene un valor establecido, por el simple hecho de que no está obligada a venderlo (distinto seria en una expropiación), y la cuenta de edad es a los efectos una referencia, habrá que comparar esa cuenta con la deuda, y solicitar la autorización judicial para la venta con ese valor del usufructo si no alcanza a la liquidación de la deuda, cobrando usted lo que le corresponde como nudo propietaria, y cobrando el acreedor el importe del usufructo
Gracias por su respuesta. Mi madre tiene 58 años y por la regla del 89, he visto que le tocaria el 31%. Si del resultado de la venta del local el 31% fuera inferior a la deuda que tiene mi madre podria realizarse la venta quedandome yo con 69%.
podría, con acuerdo del acreedor o con autorización judicial, si el precio de venta es más o menos ajustado a los precios de mercado
lo lógico, con los tiempos que corren y si la cuantía es mayor que la mitad de la deuda, es que el acreedor esté de acuerdo en cobrar ahora y dar la deuda por liquidada
ante la negativa del acreedor y llegados al juez, pienso que autorizará la venta en esas condiciones
distinto es que, si ese 31% no alcanza siquiera la mitad de la deuda, el acreedor lo acepte como pago parcial de la deuda pero se reserve el derecho a cobrar la totalidad mediante futuras acciones legales (embargo de otro tipo de ingresos u otro tipo de bienes que pudieran pertenecer a la deudora)