L. es una mujer casada que fallece sin hijos y sin hacer testamento. En el momento de su muerte viven su esposo, sus dos padres y su abuela materna. En la declaración de herederos se designan herederos universales a sus padres. Estos nunca aceptan ni renuncian a la herencia de la hija. Años mas tarde, han fallecido ya la abuela y la madre. El padre, que es el heredero de la madre de L., quiere renunciar a la herencia de la hija, tanto a su parte como a la que pertenecía a la madre de L. Eso lo quiere hacer para que el conyuge viudo pueda convertirse en heredero de L. ¿Puede hacerlo? ¿Si renuncia a la herencia recibida de la madre de L., esta parte podría pasar a los herederos de la abuela materna que aún vivía cuando murió L.?
La renuncia deben hacerla:
• El padre de L que deberá renunciar a la herencia de su hija en documento público ante notario.
• Además también tendrían que renunciar a la herencia de L los que sean herederos de la madre fallecida en agosto de 2010. Para ello, previamente, habría que hacer la herencia de ésta. Dentro de su herencia se incluye el derecho de aceptar o renunciar la herencia de L, por eso es necesario hacer ésta para que sus herederos puedan renunciar a la herencia de L.
Con estas renuncias el marido de L quedará como heredero único que, además, no tendrá que hacer escritura de herencia (basta un documento privado).
Puede obtener información de esto en la web www.aherencias.es