Buenos dias;
Hace 15 años fallecio una tia de mi padre (tambien fallecido en 19988) y le dejó en herencia 1/4 de una casa aunque posteriormente el renunció legalmente a ella en 1992.
Ahora la casa se ha hundido y el ayuntamiento nos exige el pago del desescombro.
Tenemos obligación de pagarlo? Que podemos alegar para no hacerlo?
Muchas gracias. Elena
Si su padre renunció pura y simplemente (no a favor de nadie), el 1/4 de casa debió acrecer al resto de coherederos, correspondiéndole SÓLO a ellos, por tanto, el abono de los gastos del desescombro.
Los gastos los tendrá que soportar quien efectivamente haya aceptado la herencia. Si su padre renunció pura y simplemente a toda la herencia, no le corresponde soportar NINGÚN gasto derivado de la misma.