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Renuncia Herencia En Navarra

2 Comentarios
 
Renuncia herencia en navarra
17/06/2008 22:15
Necesito que alguien me resuleva una duda sobre la interpretación de la Ley 315 del fuero Nuevo.
Este es mi caso: un hombre, de condición foral navarro, muere sin testamento. Tiene cuatro hijos. No hay escritura de aceptación de herencia. Sólo el hijo soltero sigue viviendo en la casa familiar y desde el fallecimiento del padre la utiliza como suya. Pero tampoco hay renuncia expresa por parte de los otros tres hermanos.
En mi humilde opinión, creo que la casa sigue siendo de los 4 hermanos, y que en caso de fallecimiento del hijo soltero sus herederos sólo lo serán de la cuarta parte de la casa
Estoy equivocada?
18/06/2008 12:37
No estás equivocada.

La tolerancia del resto de los hermanos no implica renuncia a su propiedad.

No obstante, dividid la herencia y ahorrarés muchos problemas y dinero en el futuro.
18/06/2008 19:34
Muchas gracias, Will
Crees que el hecho de que hayan pasado unos 20 años de la muerte del padre y durante este tiempo el hijo soltero se haya ocupado de todo respecto dela casa puede favorecerle a la hora de un litigio. Yo creo que no porque como te he dicho no hay renuncia expresa.
Sería conveniente realizar el requerimiento del que habla la L. 325 para que en el plazo establecido el resto de hermanos (o sus herederos pq uno de ellos falleció) se manefiesten, y en función de lo que decidan dividir. Aunque no sé si esto tiene mucho sentido, porque si después de 20 años no ha habido renuncia expresa....... será aceptación tácita no? No sé de un lado veo que el paso del teimpo puede favorecer al hermano soltero, por otro lado creo que no.
Desde luego lo mejor es dividir la herencia, pero creo que no están por la labor de formalizar la situación. Serán los herederos del hermano soltero los que tengan mayores problemas verdad?