Acaba de fallecer mi padre y mis hermanos y yo estamos muy muy perdidos. Espero que me puedan orientar. Les explico:
Mi padre, a priori, no tiene bienes, ni inmuebles, ni vehículos, ni nada más que una cuenta bancaria con varios cientos de euros.
Sí tiene en cambio un crédito bancario que debe rondar los 15.000€
Lógicamente con estos datos nuestra intención es renunciar a la herencia. Pero nos planteamos:
1- que todas estas suposiciones debemos confirmarlas en los registros de propiedad, últimas voluntades y seguros, tras 15 días hábiles.
2- dado que tiene unas hermanas solteras y sin hijos que son propietarias de un piso, en momento de que estas fallezcan sin testamento entiendo que nosotros heredaríamos la parte proporcional que le hubiera correspondido a mi padre. PERO si hemos renunciado a la herencia paterna, podremos acceder a esta otra herencia sin testamento por parte de mis tías?
Espero que se entienda la duda, la verdad que todo esto nos ha pillado de sorpresa y para colmo no estamos familiarizados con los temas legales.
Es improbable que se encuentren ustedes con activos secretos de su padre, por lo que se les sugiere que renuncien ante notario a la herencia, cuanto antes. La Administración (Ayuntamiento, Hacienda) suele ser muy ágil para reconocer una aceptación tácita de herencia. Asimismo puede haber acreedores que así lo reclamen.
En cuanto a la herencia de sus tías, ustedes no ocupan el lugar de su padre. En el caso de que ellas hagan testamento, pueden dejarle a quien quieran su respectivo patrimonio. Si mueren sin testamento, los sobrinos tienen la posibilidad de pedir que se les adjudiquen la masa hereditaria. Pero ni su padre era heredero forzoso de sus hermanas, ni menos lo son ustedes. Renuncien con tranquilidad y después ya se verá qué pasa, quién se muere y a nombre de quien está el testamento.