En primer lugar, pediros excusas si no sé expresarme adecuadamente en términos legales.
Mi tío, soltero y sin hijos, hizo testamento a favor de mi, su único sobrino como heredero universal. En este momento, tras su fallecimiento, quiero renunciar a la herencia por distintas razones (deudas). Como familia cercana tenía a su madre solamente.
El siguiente heredero probable es su madre (viuda del padre de mi tío), que es una mujer de 98 años y que tampoco quiere aceptar la herencia por la cuestión económica y por su edad
Mi pregunta es:
1. ¿Es posible que en el momento en el que yo renuncie a la herencia en el notario, inmediatamente se convoque al nuevo heredero?
2. ¿La renuncia de mi abuela (madre del fallecido) puede ser en el mismo momento en el que se convoque su llamamiento o debe realizarse tras realizar la copia del acta de declaración-aproximadamente 20 días?
Aclarar que las deudas es por parte de mi tio, no mía... Ya supongo que si yo decidiera no heredar para no tener que pagar a mis acreedores estos podrían requerirmelo
Cuando pregunto el momento de convocar al siguiente heredero, quiero decir si se va a hacer en el mismo acto en el que yo renuncio o será algun dia despues...