alguien podria aclararme qué quiere decir, la frase que se pone en los avales de contratos de arrendamiento, que dice,...........a primer requerim9iento y con renuncia a los beneficios de previa excusión............
Hola Warsage.
La claúsula de renuncia a los benfecios de excusión, orden y división es habitual en los avales y en otros contratos de garantía.
Concretamente la renuncia al beneficio de excusión significa que en caso de imcumplimiento del avalado, el avalista ( normalmente, el banco) se compromete a pagar por él, sin que el acreedor deba proceder primero contra los bienes del deudor. En condiciones normales, el fiador o el avalista tendrian el derecho a que , en caso de incumplimiento por parte del avalado, se procediera en primer lugar contra sus bienes y luego contra los del avalista. Con la renuncia lo que el avalista esta diciendo es que , si llega el caso, el responderá en primer lugar ante el acreedor.
Creo haberme explicado.
Un saludo.