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Renta de un legado

1 Comentarios
 
Renta de un legado
20/11/2023 11:00
¿Desde cuándo tiene derecho el legatario a percibir la renta del legado: un piso alquilado?. ¿Desde la fecha de fallecimiento del que hizo el testamento? Es en Cataluña.
24/11/2023 09:14
Efectivamente Maria, desde el momento de fallecimiento. De igual forma debe hacerse cargo de cuantos gastos haya con relación a ese inmueble (IBI, comunidad, etc.). Esta es la teoría. La práctica es que hasta que no se hagan todos los trámites de aceptación de herencia y/o aceptación del legado, normalmente se sigue ingresando y cobrando todo en la herencia de la persona fallecida, siempre y cuando el banco no bloquee las cuentas. Lo que te recomiendo es aceptar el legado cuanto antes y comunicar a los inquilinos que eres la nueva propietario a efectos de que te paguen a ti la renta. También es en Catalunya.