A ver si alguien me puede aconsejar acerca de un tema del que tengo dudas.
Un hermano trabajó en una Delegación Ministerial hace años. Era contratado. Cayó enfermo y le fue concedida una pensión de Incapacidad Permanente Absoluta. Él ha leído en las normas que regulan a los funcionarios que es posible que pueda volver a reincorporarse a un puesto en la Administración una vez se siente capaz. ¿Es esto posible y teniendo en cuenta que fue contratado?
¿Era contratado o funcionario? nada tiene que ver un tema con otro.
Tampoco dices si la IPA se la dieron trabajando en al administracion o ya no estaba, pero vamos, que si sigue teniendo la pension es incompatible con el desempeño de un puesto público.
La IPA se la dieron cuando estaba trabajando en la Administración.
Claro que sigue teniendo la pensión, pero en el supuesto de que se sintiese capaz para realizar el trabajo ¿podría volver a trabajar en la Administración (sin simultanear pensión más trabajo) según dice esa norma?