Ya lo tengo mucho más claro, en resumen, de lo del regimen de visitas no voy a hacer nada porque como he dicho antes a nadie se le puede obligar a querer, y sobre lo del piso, ahora mismo me pongo a consultar hipotecas para comprarle su parte y evitar problemas futuros.
Me habeis sido de gran ayuda, muchas gracias a todos.
Respecto al piso ... todo depende de cómo se liquiden los gananciales (si están casados en ese régimen) y si existen otros bienes para liquidar (supongo que no) por la sencilla razón de que en este momento, el piso es de la sociedad, la sociedad debe liquidarse y adjudicarse los bienes, momento en el cual, cada uno tendrá la parte que le corresponda, salvo que el bien se adjudique a uno solo de los cónyuges a cambio de que el otro, reciba en pago de su haber otros bienes (acciones, dinero, etc.).
Caso de fallecer, antes de "repartir" la herencia, se liquida la sociedad de gananciales si no se hizo antes, con las correspondientes adjudicaciones, y lo que le quede a su ex, será lo que le quede a sus hijos, a otros posibles hijos y esposa.
Si vendiendo el piso con su parte puede acceder a otro piso, piense si le resultará menos problemático llegar a un acuerdo y vender ese piso e independizarse.
Un saludo.
La ejecucion de una sentencia, es recurrir ante lo pactado y solicitar su ejecucion, haber como me puede explicar, una sentencia tiene muchos puntos que pueden variar segun lo que se haya recogido en ella, aunque mayoritariamente tratan en casos habituales los mismos puntos casi todas, regimen de visitas, sentencia de divorcio o separacion y ciertos temas economicos, asi como los gastos extraordinarios, como bien dice Ferro, y tu misma, es dificil obligar a alguien a que cumpla este punto, porque como no quiera, legalmente como ya cumple con los aspectos economicos, la ley aunque no quiero pronunciarme inmediatamente no creo que interviniera, otro caso seria, impago de pensiones, compromisos como hipotecas etc, que esta hoy dia mas perseguido y regularizado, quizas es mas extricta la ley con el incumplimiento del custodio en cuanto al regimen de visitas si interfiere para con el no custodio, pero yo entiendo que las visitas son un derecho pero tambien una obligacion, quizas, si lo que quieres es que cumpla con ellas, primero por tus hijos porque tienen un derecho de relacionarse con el padre, consultaria con un abogado para que te asesorara sobre que viabilidad tiene en tu caso y si puede llegar a buen puerto.
En cuanto al tercio de mejora, es algo complicado, digamos que un bien cuando hay dos titulares o propietarios se divide en dos partes, en tu caso el piso, si estais al 50 por ciento, hay dos partes, cada una de esas dos partes se divide en otras tres, la tuya y la de tu ex, en el derecho comun testamentario, que es el mas extendido, son tres partes comunmente denominado tres tercios, uno de libre disposicion que es la parte libre que te queda de disponer para testar a favor de quien quieras, habitualmente se suele dejar al esposo/esposa, el termio de legitima extricta o legitima que es la parte que la ley no te deja libremente disponer de ella y es la unica parte obligatoria de heredar por legitimos, como son los hijos en este caso, se reparte a partes iguales entre el total del numero de hijos, aqui entran los tuyos y como dice Ferro si tuviera en un futuro mas con su segunda esposa se comparte a partes iguales, y el tercio de mejora, que pasa a formar parte tambien de los herederos legitimos, pero la ley te consiente repartirlo pudiendo mejorar a uno sobre los demas en su reparticion o incluso incluir a nietos, pero sobre este tercio la nueva esposa tiene el usufructo de por vida, que no la propiedad, solo el disfrute, el hecho de que esta parte del piso sea privativa de tu ex con respecto a su nuevo matrimonio no cambia, ya que el puede testar su parte de libre disposicion a quien quiera y sigue teniendo que dejar la legitima extricta a sus hijos.
Espero no haberte liado mas, es un poco embrollo lo se, todo esto puede cambiar un poco en algunas comunidades foradas, y en el territorio de Navarra por ponerte un ejemplo, todo esto no vale, ya que todos los bienes de un titular son de su entera disposicion, que puede legar sin obligatoriedad ninguna a quien desee, espero haberte sido de alguna ayuda.
Un saludo.
La mujer de su ex- si puede llegar a decir algo de ese piso. Simplemente con que tenga otro hijo con ella es mas que posible que sea heredera de parte del piso y como tal este reprsentada por su madre al fallecer el padre. Es mas por poner un ejemplo extremo puede decidir hacer testamento a favor del nuevo hijo ( en vecindad comun) y dejar a los suyos la legitima extricta y si por ejemplo son dos hijos con Ud y uno nuevo con su esposa dejarles 1/6 parte a cada uno de sus hijos y el resto al mas pequeño. No por esta situacion extrema si no por la mas pacifica relacion suele aconsejarse que se liquide la sociedad de gananciales y la copropiedad del dommicilio, si es posible claro.
Obligarle a un regimen de visitas? Siempre dificil y si el padre esta bien representado......... Bueno si el fin perseguido es retirar las visitas, suele conseguirse. Mas dificil la retirada de la patria potestad cuando por lo que expone cumple con los pagos ( de pensiones e hipoteca)
Un saludo
En que consiste la ejecucion de sentencia en el caso del regimen de visitas???, se puede obligar a alguien a ver a sus hijos si él no quiere hacerlo voluntariamente??, para la parte economica lo entiendo, te pueden obligar a pagar pero las visitas??.
Y sobre la segunda duda, qué es la mejora??, en el caso de que no haga testamento, no se consideraria la casa como un bien privativo de él (lo tenia antes de contraer segundas nupcias) y por tanto no se consideraria solo de sus hijos??.
Nefernafari, muchas gracias por tus explicaciones.
Masaro, expones dos cosas totalmente distintas, a saber:
En cuanto a la sentencia recurrida por tu ex sobre el regimen de visitas, hasta que no salga la vista de la A.P. rige en vigor la ultima sentencia para ti y para el, si crees que incumple con el regimen de visitas, y quieres solucionarlo, haz una ejecucion de sentencia.
En cuanto a la casa, dices mis hijos y yo tenemos el uso y disfrute, incorrecto, el uso y disfrute esta concedido a tus hijos, y a ti indirectamente por tener la custodia, supongo, bien dices hasta la independencia economica de tus hijos, momento en que perderas el derecho de uso y disfrute tanto tu como ellos, ya que el bien es tuyo y de tu ex, momento en el cual, el puede solicitar la venta y reparticion del bien, en la parte que le corresponde que imagino sera exactamente el 50 por ciento, porcentaje mas comun, corrigeme si me equivoco.
Se ha vuelto a casar, independientemente del regimen que haya elegido para su nuevo matrimonio, la mitad de la casa que habitas sigue siendo de tu ex, y si ahora mismo hiciera testamento dependiendo de la comunidad autonoma de la que estemos hablando, segun territorios puede cambiar este aspecto, pero hablemos del caso mas comun que es regido por la ley testamentaria de derecho comun, salvando la legitima para sus hijos y la de mejora que puede repartirla entre ellos o bien mejorar a uno u a otro incluso a sus nietos futuros, el resto de su parte lo puede dejar a quien quiera, por supuesto a su nueva mujer, y ademas ella tiene el derecho de usufructo del tercio de mejora de por vida, al haber contraido matrimonio con el, sobre la parte de la que estamos hablando que es la mitad del valor de ese piso, tu no tienes ningun derecho, lo mismo vale para la parte tuya.
Un saludo.
Hola a todos, tengo dos dudas que me gustaria exponer. La primera es respecto al regimen de visitas, en el convenio regulador de la sentencia de divorcio se establece las visitas que tiene que hacer el padre de mis hijos, este recurrio dicha sentencia y todavia no ha salido nada, lleva más de un año sin cumplir el regimen de visitas (los ve a los niños cuando le da la gana), mi pregunta es si esta en mi mano hacer algo para obligarle a cumplirlo.
Mi segunda duda es sobre la casa que tenemos en común, actualmente está a nombre de los dos (de mi ex y mio) pagamos a medias la hipoteca y mis hijos y yo tenemos el uso y disfrute hasta que estos se independicen. Este verano mi ex se ha vuelto a casar, mi duda es si por un casual (Dios no lo quiera), a mi ex le pasa algo, la nueva esposa tendría algún derecho sobre esa casa???.
Muchas gracias a todos.