Antares 1,
En el caso de que estimasen el recurso de reposición tendrían que dictar una nueva propuesta de sanción, ofreciéndote nuevamente las reducciones que comentas.
No obstante, debo advertirte que una vez que ya formulastes alegaciones, es difícil que te lo estimen en reposición .
Piénsatelo.
Saludos.
Jaime.
Hola a todos y muchas gracias de antemano por vuestro interés.
Mi duda es que me ha llegado una liquidación por irpf y la correspondiente sanción con reducción del 30% por conformidad y del 25% por pago en plazo.
Estoy pensando poner un recurso de reposición porque no me han tenido en cuenta unos gastos que presenté en alegaciones y son deducibles. No es que me hayan denegado la deducibilidad, directamente los han ignorado.
Mi pregunta es: ¿Si interpongo el recurso de reposición y me lo estiman modificando la liquidación y la sanción, en esa nueva sanción también tengo el 30% de reducción o al haber recurrido la liquidación inicial, aunque gane el recurso pierdo la reducción del 30% por conformidad?