Gracias Taxland,
Eso creo q es lo q han hecho, estimaron en reposición pero sólo los intereses de apremio al estar en vía ejecutiva, el principal de la cuota me lo han pedido otra vez, creo q ha prescrito, ¿sabeis el plazo de prescirpción cuál es y desde cuándo se cuenta?
Mil gracias!
Anularon una resolución por los motivos alegados en el recurso (mal notificada). Subsanado el error de notificación y cualquier otro y siempre que se esté dentro del plazo de prescripción se puede iniciar un nuevo procedimiento sobre el mismo asunto sin problema alguno. De hecho es bastante común.
en nov 2010 me estimaron un recurso de reposición contra una liquidación provisional por impuesto de transmisiones patrimoniales, en el recurso pedía dado q nunca se me notificó la nueva comprobación de valores ni la cuota tributaria, se anulara tal resolución y fue ESTIMADA por los Servicios recaudatorios, ahora me vuleven a enviar la liquidación del ITP pero sin intereses de demora....¿tengo q poner un nuevo recurso? ¿cómo pueden enviarme de nuevo una liquidación provisional sobre el mismo procedimiento, mismo objeto cuando el recurso de reposición y la CUOTA TRIBUTARIA ANULADA Y DEJADA SIN EFECTO, q es lo q pedía y fue ESTIMADO??
gracias por vuestras respuestas, siempre son de ayuda.