Interpuesto un recurso de alzada contra una resolución administrativa por la que se me sancionaba con 3.000 euros , ahora me la notifican y se me desestima el recurso , diciéndome que he de abonar el importe de la sanción .
Mirando en internet este tema veo que todos los que escriben dicen que cabe interponer recurso potestivo de reposición contra esta resolución , sin embargo , la Ley 30/1992 dice que no cabe nada mas que interponer el recurso de revisión , lo que hace que me pregunte ¿ cabe interponer recurso potestativo de reposición contra esa resolución , ya que pone fin a la vía adminsitrativa ?
caletilla , ha sido muy rápida tu contestación , pero no me dices si se puede o no interponerlo ; por otro lado , te agradecería si me dieses una página de internet en el que se debatiera que no se puede interponer , ya que todas las que he leído indican que sí se puede.
Buenas, no se puede recurrir en vía administrativa la resolución de un recurso de alzada, salvo que se den las circunstancias para plantear recurso extraordinario de revisión.
http://www.porticolegal.com/foro/administrativo/517888/que razones de peso hay, para que sea logico interponer reposicion despues de alzada