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Recurso procesal

1 Comentarios
 
15/12/2009 19:42
Mírate el art. 59 LJCA, creo que no cabe recurso
Recurso procesal
11/12/2009 13:14
En caso de que el Tribunal, estime MEDIANTE AUTO, las alegaciones previas (art. 78 LJCA) de inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo, presentado por la parte demandada. El recurso es en materia de personal, que no implica separación del empleado público, y la cuantía es de 145 euros. ¿ QUÉ RECURSO CABE CONTRA DICHO ACTO?