Hola,
tengo una deuda con Hacienda que esta en apremio. Me gustaria saber que si presento un recurso economico-adm. contra la resolución de la que se deriva esta deuda, se paralizaria hasta la resolución del mismo la reclamación de la deuda.
Gracias
Estimada alameda:
Artículo 233 de la LGT 58/2003, de 17 de diciembre,. Suspensión de la ejecución del acto impugnado en vía económico-administrativa.
1. La ejecución del acto impugnado quedará suspendida automáticamente a instancia del
interesado si se garantiza el importe de dicho acto, los intereses de demora que genere la suspensión
y los recargos que pudieran proceder, en los términos que se establezcan reglamentariamente.