arthurmcarthur soy navarrica; ¡encantada de conocerte!
Visito el foro de vez en cuando para apender cosillas; qué majos que los que sabéis mucho contestáis.
Buen fin de semana
Visto el exitazo que he tenido, he decidido, tras consultarlo por mi cuenta y perder 35 minutos..., haceros copartícipes de la que creo que es la solución
1º) NO (comenzará a volver a abonar la IPT desde el primer días del mes siguiente a la notificación de la sentencia)
2º) NO HA LUGAR.
Hola.
Persona al que el INSS le concedió una IPTotal, el trabajador demandó al INSS en el Juzgado de lo social y le concedieron una IPAbasoluta.
El INSS recurrió ante el TSJ y finalmente el TSJ dio la razón al INSS y le vuelven a dar la IPA.
Estamos estudiendo la posibilidad de interponer un recurso de casación ante el TS pero:
Si interponemos recurso de casación:
1º) ¿El INSS seguirá abonnado la pensión de IPAbsoluta hasta que haya resolución del TS?
2º) En caso de que el TS vuelva a dar la razón al INSS (al igual que el TSJ) ¿Deberá devolver la diferencia percibida, entre IPA e IPT desde el a interposición del recurso de casación (ya sé que la diferencia durante el recurso de suplicación no hace falta devolverla)?
Por favor, espro con urgencia vuestra respuesta.