Hola: mi cliente ha sido declarada en rebeldía pues no hemos podido acudir a juicio ¿Por que? Porque el demandante erró en la denominación social de la empresa de mi mandante y lo hemos dejado pasar por no poder personarnos. Ahora el juez ha dictado sentencia y la declara en rebeldía y condena a la cantidad reclamada+costas+interese legales. Voy a apelar la sentencia alegando indefensión¿Está bien?¿Ha de consignar la cantidad reclamada? Nuestra intención era allanarnos en la petición del actor ¿Qué hago? Muchas gracias
Debes tener en cuenta lo dispuesto en los arts.500 y 501 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No creo indispensable para la interposición del recurso la consignación de la cantidad reclamada.