Por lo que sé, la queja es lo que la propia palabra indica sobre algún acto de trámite, no es un recurso, por lo que, probablemente cabrá recurso de reposición y quizás alzada. El contencioso procederá una vez finalizado el procedimiento administrativo.
Que habiendo interpuesto QUEJA contra la Administración, y no estando conforme con la resolución a la Queja formulada ¿ Cabe recurso contencioso-administrativo, contra la resolución a la QUEJA? Entiendo, que si, no obstante, haber si alguien le ha pasado lo mismo.