Que habiendo interpuesto QUEJA contra la Administración, y no estando conforme con la resolución a la Queja formulada ¿ Cabe recurso contencioso-administrativo, contra la resolución a la QUEJA? Entiendo, que si, no obstante, haber si alguien le ha pasado lo mismo.
Por lo que sé, la queja es lo que la propia palabra indica sobre algún acto de trámite, no es un recurso, por lo que, probablemente cabrá recurso de reposición y quizás alzada. El contencioso procederá una vez finalizado el procedimiento administrativo.