sigo sin aclararme mi caso es un juicio oral. por lo penal. mi duda es saber si una vez finalizada la vista el juez dicta sentencia y cual es la sentencia. o solo nombra culpable. y ya despues en unos dias recibes el escrito en tu casa cn la condena puesta. mi abogado dice que es asi. mi delito fue un hurto y no tengo antecedentes ni me piden responsabilidad civil.que creeis que me pasara?muchas gracias lo tengo el 20 de marzo dia de mi cumpleaños. y por si sirve de algo si estoy trabajando.
Si eres parte en el procedimiento te notificarán la Sentencia de una u otra forma, indicándote los Recursos (si es que proceden) y los plazos para su interposición.
Para inv111: no conozco ningún procedimiento civil en el que el plazo para recurrir la Sentencia sea el de un mes; y en penal los plazos comienzan a computarse al día siguiente de la notificación.
Si te refieres con el juicio oral a un juicio penal
debes recurrir la sentencia despues de 10 o 15 dias del dia en que el juez pronuncio el veridicto.
si te refieres a un juicio civil entonces tienes un mes para recurir la sentencia despues de haberla recibido en tu domicilio
una vez acabado el juicio oral, la sentencia es inmediata o tiene que llegarte a casa. para recurrirla donde seria y cuantas veces se puede recurrir. Gracias.