Excelente noticia...mi caso, ya lo sabeis, 6 años divorciado, con 2 hijos (14 y 12 años) de los cuales la custodia la tiene mi ex, un piso de 120 m2 (bien privativo mio) y en el que es mi ex la que se está aprovechando de él a día de hoy con su actual pareja.
Pienso que cuando ya has rehecho tu vida hay que cambiar ya algunas cosas y no estar aprovechandote de los demás...
Estupenda noticia. Ed63, es el progenitor mantenido por su ex cónyuge, en este caso mantenida, quien habrá de salir de la vivienda a buscarse la vida como persona aldulta que es, no el menor.
No lo entiendo, al margen de que haya un Código Civil en Aragón, el TS ha dictado jurisprudencia respecto a que no se puede limitar el uso de la vivienda a un menor.
Deacuerdo con la custodia compartida (si procede) pero que me digan que otorgar plazos para residir en la vivienda es algo con fututo.... sinceramente no lo entiendo...
Creo que es una bomba de relojeria, pero bueno... ya se vera con el tiempo..
Ya era hora, todas las sentencias que se dictan favorecen a las señoras madres que a parte de quedarse con nuestros hijos se aprovechan de nuestras propiedades, en la mayoria de los casos hasta la independencia economica del menor, osease para siempre.
La Audiencia de Zaragoza, dicta una sentencia ejemplar, en aplicacion a la Ley de Custodia Compartida, se otorga plazos para residir en la vivienda. YA ES HORA DE QUE ESTO SEA ASI, atencion a la feminazis, poco a poco se acabará el chollo del pisito.