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Rectificación escrituras.

7 Comentarios
 
Rectificación escrituras.
07/07/2006 18:19
Hola compañeros, tengo el siguiente asunto.

Madre que hace años dona a su hijo mediante escritura notarial de donación unos bienes. Ahora el hijo se da cuenta que en las escritura hay datos que son erroneos tales como extensión, ... Por ello, ahora debe modificar la escritura de donación. En la notaria le comentan que para poder hacerlo debe firmar también la madre. Seguro que es necesario? Resulta que la madre ahora no se encuentra dentro de sus facultades mentales, por lo que de ser necesaria su firma sería necesario proceder a la incapacitación judicial y nombramiento de tutor.

Muchas gracias
07/07/2006 18:59
comprueba a qué razón obedecen los errores que existen; si es un error mecanográfico realizado en la notaría, y puedes justificar que ello es así, plantea un "interlineado" realizado directamente por el Notario.

saludos.
07/07/2006 19:20
Gracias Guarramón, no se trata de errores de cabidas, linderos, etcc, esto es, la realidad no se corresponde con lo que consta en la escritura.

Pero debe haber una forma de modificar eso sin mucho trámite. Gracias
08/07/2006 11:22
El titulo por el que adquirió tu madre los bienes también tiene errores de cabida, liendero, etcc, o en cambio titulo si coincide con la realidad?

Los errores están solo en la Escritura de Donación o también aparece en el Registro de la Propiedad?
10/07/2006 13:37
Se trata de errores materiales ya que en la escritura de donación consta como una finca lo que en realidad son dos, una de mi cliente y otra del vecino.

El error también se encuentra en el Registro de la Propiedad.

Gracias
10/07/2006 18:46
El art. 213 de la Ley Hipotecaria establece que los registradores podrán rectificar por sí, bajo su responsabilidad los errores materiales cometidos: 2º En los asientos de presentación, notas marginales e indicadciones de referencias,.......siempre que la inscripción principal respectiva baste para dar a conocer el error y sea posible rectificarlo por ella.

Estableciendo igualmente el Reglamento hipotecario que cualquier interesado en una inscripción puede solicitar su rectificación al Registrador acompañando el título correspondiente, (art. 328), con lo cual en principio yo entiendo que si que estaría legitimado tu cliente para solicitar la modificación no ya de la escritura pero si el asiento del Registro de la Propiedad aportando para ello el título por el que su madre era la propietaria.
12/07/2006 08:14
El error existente en la escritura consiste en que constan unos datos catastrales de polígono y parcela que no son correctos.

Si se modifica el catastro, con la resolución de éste, podría rectificarse el error en la escritura??

Gracias
12/07/2006 12:20
por favor, aclárame una cosa;

- La Escritura notarial hace constar los datos que constan en el catastro.

- El catastro tiene los datos erróneos.

- Por tanto, la Escritura notarial tiene los datos erróneos.

¿es esto a lo que te refieres?

Si es así, deberás modificar los datos catastrales y, posteriormente, inscribirlos en el registro.

Si lo que pasa es que en la notaría se han equivocado y han puesto unos datos incorrectos, se puede hacer un interlineado.