No es un caso tan siquiera parecido, pero puede ser ilustrativo de como funciona el sistema, aparece publicado en:
ASOCIACIÓN GALLEGA DE PADRES Y MADRES SEPARADOS
Confederación de Padres y Madres Separados (ConPAPÁyMAMÁ)
HASTA AQUÍ LLEGA LA AYUDA DEL PADRE
Con estudios universitarios y más de treinta años ya no se puede vivir a costa del padre
El juzgado de Primera Instancia acordó la extinción de la pensión alimenticia que se fijó hace bastante tiempo a favor de los hijos. La madre, interpuso un recurso de apelación discrepando del criterio del juzgado.
Para desestimar el recurso, la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo de 15 de junio de 2009 indicó que, la sentencia de esta Sala de 12 de Diciembre de 2.005- también de modificación de medidas- razonaba cuando suprimió la pensión compensatoria que era previsible que los hijos se independizaran en un lapso corto de tiempo, manteniendo los alimentos pues los dos hijos mayores eran estudiantes, opositores, dándoles la oportunidad de alcanzar las máximas aspiraciones profesionales y respecto a la hija menor, por que no ha accedido de forma estable y definitiva a la vida laboral.
Pues bien, pese al tiempo transcurrido nos encontramos con que el hijo mayor (según manifiesta su madre vive en Vigo, en un hostal, siguiendo opositando por libre a interventor del Estado, sobre lo cual no se aporta la menor justificación, siendo ya Doctor en Derecho, e indicándose en la contestación que estudia ciencias económicas, sobre lo cual tampoco existe justificación alguna) continúa en la misma situación, de ser cierto lo manifestado por su madre, teniendo en la actualidad 34 años.
Al margen de la dudosa legitimación de la recurrente (pues se indica que vive en Vigo), otorgándose el apoderamiento "apud acta" a la Procuradora solo por la madre, sin que el hijo compareciese al acto de la vista, la situación para la Sala es ya insostenible, no pudiendo obligarse al progenitor a seguir manteniendo (ya solo por su edad) una pensión alimenticia fijada en sentencia de divorcio, careciendo la Sala de ningún substrato probatorio de que siga opositando, situación que no puede prorrogarse "sine die".
Se aporta con el recurso documental de que la segunda hija del matrimonio de 32 años aprobó las dos pruebas de ejercicios de inspectora de hacienda, viviendo en Madrid, no compareciendo tampoco al acto del juicio, desconociendo la Sala lo ocurrido con el tercer ejercicio. En cualquier caso su edad justifica también la extinción del pago de alimentos -próxima a cumplir 33 años- llevando casi 10 años opositando.
En cuanto a la menor Luisa -única que vive con su madre- acaba de terminar sus estudios de magisterio, habiendo estado según declaró su madre (sin justificar) estudiando la oposición de agente tributario, y previamente incardinada de forma no estable en el mundo laboral.
El derecho de alimentos de los hijos mayores de edad no es incondicional, de ahí que elart. 152 nº 3 del C.C. prevea expresamente el cese de tal obligación cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, estando capacitados para realizar trabajo remunerado los reclamantes, para con su producto poder atener a sus necesidades, no habiendo sido siquiera oídos ni intentando probar, haber buscado trabajo sin encontrarlo. No existe ninguna presunción legal, dada la edad de los solicitantes de tal necesidad, prolongándose indefinidamente su condición de estudiantes/opositores.
No existe, por ello tampoco infracción del art. 152.5 del C.C., pues la interpretación efectuada por la Magistrada de instancia es acorde con el precepto y la realidad social del tiempo que ha de ser aplicado, así como la jurisprudencia del T.S.
En efecto, si bien el derecho de alimentos no cesa automáticamente al llegar a la mayoría de edad, la interpretación efectuada por el T.S. (se cita entre otros la sentencia 184/2.001, de 1 de marzo para 2 hijos, una licenciada en derecho de 29 años y otra farmacéutica de 26) para edades como las que nos ocupan es que no hay base suficiente para que siga vigente tal obligación para personas graduadas universitarias, "con plena capacidad física y mental que superan los 30 años de edad", por lo que pese al contenido del art. 39 nº 1 de la Constitución, concluyó la Sala 1ª en un caso semejante al que nos ocupa, que dichas hijas no se encontraban en una sociedad moderna y de oportunidades, en una situación que se pueda definir de necesidad, "lo contrario sería favorecer una situación pasiva de lucha por la vida".
Claro, el derecho a los alimentos no cesa, como le dije a ella un plato de comida no creo que su padre se lo niegue; pero claro ellas quieren dinero, ésto es lo mismo de siempre, y eso que la comida también vale dinero; pero a ellas no les sirve.
Yo misma a la hija de mi pareja le pongo todos los platos de comida que quiera, (también es de la edad de ésta chica), pero que no venga con exigencias y de reclamaciones, porque entonces no vá a ver nada; por las buenas lo que quiera, y si le podemos ayudar la ayudaremos dentro de lo que nosotros podamos, pero de amenazas las justas porque cortamos de raíz, y entonces si que no vá a ver nada.
Hola otra vez. Me llama la atención que dos foreros se tiren los trastos en público.
Respecto de los comentarios de José Ramón, puede que también influyan los ejemplos y la educación, dada la última parte del último párrafo, "favorecer una situación pasiva de luchar por la vida". Vamos, que hay maneras de luchar por la vida que no la compensa ni una pensión. Hay cosas que se aprenden, pero no se enseñan, salvo con el ejemplo.
En el caso que les contaba, tanto mi hermano como yo (reclamamos 10 años yo - de 8 a 18, y 12 él 6 a 18), el dinero lo percibió íntegramente mi madre, que al fin, luego de muchísimos años, contaba con dinero para irse de vacaciones y algún otro gustazo. Su ejemplo fue ser feliz, a pesar de todo, y a pesar de no tener tiempo ni para quejarse: trabajaba de docente 16 horas al día... y los fines de semana daba clases particulares.
Particularmente, en mi caso, con ese ejemplo, si llego a pedir una pensión, a quien más hubiera defraudado hubiera sido a mi madre.
Pues tienes razón, pero no te creas, que en el momento que él viera que yo lo puedo dejar, seguro que mi opinión contaría, no te creas; es una persona que no soporta estar solo.
terra, lo único que es de mi cosecha es " No es un caso tan siquiera parecido, pero puede ser ilustrativo de como funciona el sistema, aparece publicado en:" el resto fue un copiar y pegar de la página de la asociación que aparece.
Mi opinión me la reservo, simplemente decir que creo que cualquier persona, mas si llega a tener una formación superior, debe tener capacidad para entender que es estimulante ser capaz y que ser independiente es lo mas estimulante de la vida.
Hola mi cuestion es la siguiente, yo tengo 27 años y mi madre es madre soltera, puesto que mi padre estaba casado habiendoselo ocultado a mi madre, la cuestion es que el no me reconocio y por lo tanto no le paso ni un duro a mi madre por mi manutencion, la pregunta es la siguiente ¿puedo reclamarle esa manutencion para mi madre? ¿ puedo ser heredero de sus bienes?.
Segun lo que dicen algunos usuarios de aqui es cosa de moral y como va el pais etc etc... pero no se ciñen a cada asunto personal en concreto, en que hay que tener mucha cara en engañar a mujeres, hacerles parir, que crien ellas solitas a el niño y ellos se van de rositas, yo tengo dos hijos con mi ex pareja y le paso su manutencion todos los meses y los veo todas las semanas. PD: padre no es el que los hace, sino el que los cria.
Si no consta como hijo de él y por tanto no hay sentencia que fije una cantidad de alimentos a aportar no puede reclamar en ese aspecto, él al impagar no incumple ninguna sentencia ni orden judicial.
Sobre herencias, puede Vd. solicitar prueba de paternidad, cuando tenga la certificación de que es su padre sí tendrá derecho a herencia.
Si él no accede a realizarla deberá solicitar judicialmente dicha prueba, al ser ordenada judicialmente si él se negara a realizarla constaría como que da su aceptación de ser su padre, en caso que la realice deberá esperar a los resultados, y de ser positivos inscribir posteriormente como padre suyo en el registro civil.
Consulte con un abogado.
A lo mejor el engaño es creerse padre de fin de semana, no juzgue a los demás por no criar si usted sólo lo hace dos fines de semana al mes y se siente tan cumplidor....
a lo mejor no le dejan, a lo mejor es usted el engañado, le dijeron que le querían y sólo buscaban su dinero.
No creo que a su madre la engañaran para parir, a lo mejor ella quería.
No se Rakhsun quien le ha dicho que yo veo a mis hijos dos fines de semana al mes, los veo casi a diario, y si esta ley estuviera mas regulada para el padre seguramente los veria mas aun. A mi madre no le engaño nadie para parir, claro esta que ella pario porque le dio la gana, pero tampoco podia abortar si le daba la gana no?, aparte yo no soy el engañado puesto que la historia me la confirman las dos partes, puesto que hubo un tiempo que busque a mi padre para pedirle explicaciones y concordaba con lo que mi madre decia, me dijo que queria tener una relacion con migo la cual yo acepte, y luego para variar se volvio a quitar de en medio, ya conociendo a mis hijos y teniendo una relacion con ellos de un año, a mi madre se la hizo y ami casi me la hace pero a quien no se la va ha hacer es a mis hijos que ya le tomaron un cariño, Rakhsun pienso por tu respuesta que eres de esos que si se quitan de en medio a la primera de cambio, puesto que veo tu respuesta como si te identificaras y te sintieras ofendido.
porque se crea tanta discusion, se de hombres que viven de sus padres con 28,38,48 y 51 años; el padre murió con 83 y hasta el último día su hijo vivió de su pension, luego cual garrapata vivio de la pension de viuda de la madre, hasta que tambien murio, ahora vive de los hermanos.
Que poquita empatía si nos pusiéramos de vez en cuando en la piel de otro mejor nos iría,informate busca abogado de oficio y reclama si te pertenece yo también he luchado por una misera pension de 150 €para mi hija que intento quitar porque ella tenia 25 años mi hija tiene carrera master y está haciendo el doctorado echando 12 horas diarias el juez dijo que tenía que seguir pagando ahh y es muy facil ocultar ingresos por lo menos en lo que yo he vivido
Al final dejo de pagar y ya pasamos del tema hoy en dia el padre de mi hija ha fallecido muy joven y ha dejado escondidos cerca de 500.000€ y eso que decia que no tenia para pagar pension ni se ocupo de su hija ni disfruto de su dinero que se ha llevado otra que andaba por alli por eso digo no juzguen sin saber