Tengo que descontar una cantidad de nómina por un cobro indebido, pero son importes del 2008 y 2009. De siempre tengo entendido que solo se pueden reclamar importes de 1 año para atrás.
La cosa es que no he encontrado ningún sitio donde aparece como normativa o jurisprudencia (solo en los casos en que sea el trabajador quién lo reclame, pero no cuando es la empresa)...
Alguién conoce donde puedo encontrar algo en lo que asegurarme?
Lo primero de todo es darte las gracias por contestar tan rápido.
El problema viene por un concepto de nómina que hemos pagado a alunos trabajadores de más durante parte del 2008 y 2009... y que entiendo que solo podemos reclamar un año para atras...