Lo primero de todo es darte las gracias por contestar tan rápido.
El problema viene por un concepto de nómina que hemos pagado a alunos trabajadores de más durante parte del 2008 y 2009... y que entiendo que solo podemos reclamar un año para atras...
Tengo que descontar una cantidad de nómina por un cobro indebido, pero son importes del 2008 y 2009. De siempre tengo entendido que solo se pueden reclamar importes de 1 año para atrás.
La cosa es que no he encontrado ningún sitio donde aparece como normativa o jurisprudencia (solo en los casos en que sea el trabajador quién lo reclame, pero no cuando es la empresa)...
Alguién conoce donde puedo encontrar algo en lo que asegurarme?