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reclamación IPC

2 Comentarios
 
Reclamación ipc
31/03/2010 17:44
E un contrato de arrendamiento de usufructo suscrito en 1999, no se estipuló la actualización de la renta. A fecha de hoy se reclama dicha actualización. ¿Es obligado actualizar dicha renta? ¿Hay un máximo de años actualizables a reclamar? Gracias de antemano.
perfil Jan
02/04/2010 19:07
Hola dakota. Entiendo que SI en el contrato el ARRENDADOR NO RENUNCIÓ expresamente a la facultad de actualizar la renta estará legitimado para ello por el art 4.4 y 18 de la LAU 1994.

Respecto al plazo de prescripción de tal derecho estimo que es de 5 años, por lo que a día de hoy unicamente podría actualizarle los 5 últimos años.

Reciba un cordial saludo
06/04/2010 15:21
Muchas gracias Jan. Un saludo