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reclamación de deudas

1 Comentarios
 
Reclamación de deudas
perfil ahp
18/10/2005 15:23
La empresa arrendataria de un local de negocio rescinde anticipadamente el contrato y lo ponen a disposición dela propiedad. Pero quedan pendientes tres mensualidades más los gastos. Como no hay que resolver el contrato, sino que sólo se trata de reclamar las cantidades pendientes, ¿se puede utilizar el juicio declarativo correspondiente en función de la cuantía - verbal u ordinario-, o siempre hay que ir al verbal??

Gracias.
Alberto
19/10/2005 19:23
En reclamaciones de cantidad por cuestiones arrendatícias depende de la cuantía ir al ordinario (+3.000 euros) o al verbal (- 3000 euros)