Mis hermanas no quieren saber nada de lo que podamos heredar de nuestro padre y residen en el extranjero. Están obligadas a hacer algún trámite o basta con no presentarse en la declaración de herederos?
Supongo que no hay testamento.
En la Declaración de Herederos se establecerá quiénes son los herederos y su porcentaje, sin necesidad de que los mismos comparezcan en el Juzgado (si deberá hacerlo quién la haya iniciado o su Representante Procesal).
Después viene el momento de aceptar o repudiar la herencia y es entonces cuando los herederos (todos) deben hacerlo. Si no quieren aceptar las que están en el extranjero, deberán otorgar un poder ante el Consulado de España, apoderando a X para que realice ante Notario lo que hayan creído oportuno.
Si no hacen nada, existe un procedimiento judicial para que acepten o repudien.
Muchas gracias por tan rápida respuesta. Interpreto que mis hermanas, a pesar de no querer saber nada, están obligadas a otorgar poder para repudiar la herencia.
Un saludo.
Estimada marsali:
No hace falta que sus hermanas esperen a que haya declaración de herederos. Basta con que renuncien pura y simplemente a la herencia ante un notario o cónsul español. Ahora bien, si la herencia de la que se trata es de más de 4 años y medio, esta renuncia puede ser considerada una donación y acarrear bastantes gastos.
Espero que esto la oriente algo.
Saludos cordiales.