Totalmente de acuerdo con Manolo blasco. Creo que tu antigüedad es desde noviembre de 2000, el hecho de que te hayan canbiado de regimen no afecta a tu relación laboral a efectos de antigüedad.
esto que te ha sucedido es bastante frecuente en empresas que cosechan y comercializan vino ( convenio interprovincial de indistrioas vitivinicolas) que según el tipo de trabajo que vayas a realizar te encuadraran en el Regimen General (trabajo en la bodega, industria) o Agrario (trabajo en el cultivo de los viñedos) pero a efectos de antingüedad la relación es con una sola empresa.
Personalmente creo que si mantienes una relación laboral con una empresa desde una fecha determinada, y has estado en distintos regimenes de la Seg. Social, eso no obice para que tu Derecho a indemnización cuente desde el primer día que estas en la empresa, al margen de los citados regimenes.
Llevo trabajando desde Noviembre de 2000 en la misma empresa, pero desde ésta fecha hasta mayo del 2001 estaba en el régimen agrario y desde junio de 2001 en general. Ahora me van a despedir y quiero llegar a un acuerdo con la empresa ¿les puedo reclamar desde noviembre de 2000 o desde que estoy en general?. Espero vuestra ayuda.