El tema es el siguiente. En su momento, concretamente en diciembre de 2015, presenté un Juicio Verbal contra los dos miembros de un matrimonio en reclamación de 1300 y pico euros. Los demandados fueron declarados en rebeldía y se fijó la correspondiente vista.
Los demandados (que en ningún momento contrataron a un abogado) se pusieron en contacto con el demandante y quisieron llegar a un acuerdo. El acuerdo se firmó y se presentó para su homologación, solicitando al mismo tiempo la suspensión de la vista fijada. El Juzgado suspendió la vista y cita a las partes para ratificarse en el acuerdo presentado. El problema surge porque el primer plazo de pago, que venció antes de la fecha en la que hay que ir a ratificarse, los demandados ya no lo cumplieron. ¿Qué puedo hacer?
Estoy pensando en presentar un escrito y decir que no voy a ir a ratificarme puesto que la parte demandada ya ha incumplido el acuerdo, solicitando que el procedimiento siga adelante y se vuelva a fijar una nueva fecha de vista.
Además, sospecho que los demandados no se van a ir a ratificar.
Lógicamente, ese acuerdo, si no vamos a ratificarnos, ya no se va a poder ejecutar, así que....
Bueno, en resumen, ¿alguien me puede decir qué hacer?
Gracias de antemano.
Buenas tardes,
Tanto las sentencias como los acuerdos homologados son ejecutables, lo que tiene que valorar es usted es si el acuerdo le interesa o prefiere ir a juicio. Un saludo.