Buenas tardes,
Tanto las sentencias como los acuerdos homologados son ejecutables, lo que tiene que valorar es usted es si el acuerdo le interesa o prefiere ir a juicio. Un saludo.
El tema es el siguiente. En su momento, concretamente en diciembre de 2015, presenté un Juicio Verbal contra los dos miembros de un matrimonio en reclamación de 1300 y pico euros. Los demandados fueron declarados en rebeldía y se fijó la correspondiente vista.
Los demandados (que en ningún momento contrataron a un abogado) se pusieron en contacto con el demandante y quisieron llegar a un acuerdo. El acuerdo se firmó y se presentó para su homologación, solicitando al mismo tiempo la suspensión de la vista fijada. El Juzgado suspendió la vista y cita a las partes para ratificarse en el acuerdo presentado. El problema surge porque el primer plazo de pago, que venció antes de la fecha en la que hay que ir a ratificarse, los demandados ya no lo cumplieron. ¿Qué puedo hacer?
Estoy pensando en presentar un escrito y decir que no voy a ir a ratificarme puesto que la parte demandada ya ha incumplido el acuerdo, solicitando que el procedimiento siga adelante y se vuelva a fijar una nueva fecha de vista.
Además, sospecho que los demandados no se van a ir a ratificar.
Lógicamente, ese acuerdo, si no vamos a ratificarnos, ya no se va a poder ejecutar, así que....
Bueno, en resumen, ¿alguien me puede decir qué hacer?
Gracias de antemano.