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quitar la patria potestad al padre

31 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 31 comentarios
Quitar la patria potestad al padre
22/08/2011 20:06
Hola, antes de que me acribillen algunas personas por comentarios como los que he leido por aqui de que vaya madre por querer quitarle un hijo a su padre y cosas asi, resumiré mi historia para que entiendan un poco porque quiero quitar cualquier vinculo de mi hija con su padre. Soy una madre joven pero no por ello menos responsable, y por mi hija pienso hacer lo que sea. Tengo 24 años y mi niña casi 5. Su padre, un "hombre" de 31 años actualmente no trabaja, consume drogas, alcohol, y todo lo que conlleva esa clase de vida. Hace ya tres años que me divorcié mediante una denuncia de malos tratos que el mismo se enorgulleció de afirmar. La custodia me la dieron a mi, y a el le pusieron un regimen de visitas de verla los fines de semana cada 15 dias y una pension de 150 euros. Desde el mismo momento que me separo, el padre de mi hija deja de verla por propia voluntad hasta el punto de que nos cruzamos y ni la mira. Evidentemente no me pasa absolutamente nada, ni nunca me ha dado un duro. Cuando nos separamos no teniamos casa ni coche pues viviamos de alquiler(para aquellas personas que piensen que yo me lo quedé todo). Asi que cuando me separo dejo el trabajo a media jornada que tenia y busco uno a jornada completa(de administrativa, donde estoy todavia), y gracias a guarderias y a la ayuda de mi familia voy sacando a mi hija como puedo. Desde hace dos años tengo pareja estable que quiere a mi niña como si fuera suya, y vivimos los tres como una familia normal.Encima siempre esta amenazando que cualquier dia viene a por la niña y se nos termina la felicidad. yo se que no la quiere, pues no se preocupa por ella, y no puedo vivir poensando que cualquier dia este inidviduo puede tener a mi niña aunq sea un rato. me da igual que sea su padre biologico, porque para mi y para la niña , no es nadie.
22/08/2011 21:26
Pues si te amenaza con querer llevarsela, tu le dices que cuando pague todos los atrasos de manutencion.
Evidentemente este caso tiene que llevartelo un abogado y tu deberias demostrar todo lo que has dicho ( lo de las drogas sobre todo ) y aun asi será una lucha larga, dificil y costosa.
Ojalá tengas suerte y te salga todo bien.
22/08/2011 21:48
Hola:

Se equivoca, Nube123, aquí no estamos para acribillar a nadie, como mucho para indicarle aciertos y errores, siempre al parecer de quien contesta. Al menos por mi parte, el truco está en que al otro lado está un ser humano, con sus defectos y virtudes, no una computadora, y hasta estas no son perfectas, la mía “se cuelga” cada dos por tres.

Bueno, en primer lugar, los impagos de prestaciones por alimentos son serios, está en su derecho y obligación tiene de ejercer acciones legales en este sentido, no por usted, por esa hija común, en defensa de sus intereses. Vía penal, denunciando por abandono de familia, siempre digo que no es la vía más adecuada salvo en ciertos casos, o demandando, vía civil, mediante una demanda de ejecución de sentencia, más efectiva. Lo que resulta claro es que hay que actuar siempre, en uno u otro sentido o vía, también cuando se produzcan incumplimientos del régimen de estancia.

Sin embargo, los cortés no quita lo valiente, ni se puede meter todo en el mismo saco. Pretender una retirada de la Patria Potestad es difícil, muy difícil, aunque entre las causales este el alcoholismo y similares, pero hay que demostrarlo, y demostrar que afectan a los derechos de la menor o a su integridad. Ante todo pruebas, si quiere respuestas judiciales es condición indispensable esta de las pruebas. Y mire usted, es tan importante el interés del menor, incluido el derecho de este a relacionarse con ambos progenitores que, aún existiendo una retirada de la Patria Potestad, permanece en muchas ocasiones incólume dicho derecho. Es decir, aún con retiro de la Patria Potestad, puede existir un régimen de estancia y comunicación de la menor hija común con el padre.

Si está segura de que la situación es tal y como la cuenta, yo no lo dudo, podría intentar, como acción prima, que ese padre diese su consentimiento para una adopción en toda regla, única manera de quedar exento de todo. Si ese padre se negará a tal opción y quiere permanecer entre un Pinto y Valdemoro, sin ejercer derechos ni cumplir obligaciones, salvo lo que le viniera a salir de los reales, usted lo tiene muy fácil, denuncie y/o demande. Pero tenga bien claro que mientras no realice estas acciones legales aquí no pasa nada. Tiene que haber, necesariamente, constatación judicial de hechos, si pretende algo a nivel legal. Pretender hacer desaparecer del mapa a un padre, o a una madre, es muy, pero que muy difícil, a menos que ese padre o madre lo desee y su contraparte también, o concurran circunstancias que hagan pronunciarse a un juez en tal sentido, para evitar males supremos al menor y de manera indubitable. Entiendo, por lo que describe, que no hay tales.

Le recomiendo que no vaya diciendo en voz alta ese “me da igual que sea su padre biologico, porque para mi y para la niña , no es nadie.” Nadie le podrá reprochar que usted lo considere como tal, nadie, pero decir que para su hija no es nadie su padre, como que no, y pudiera inducir a pensar otras cosas, a un juez, no a mí que pinto menos que una mona. Para que un padre se convierta en nada para una hija debe ser la hija quien llegue a esa conclusión, cuando sea adulta. No antes. No se lo tome a mal, como le dije, sólo pretendo poner una realidad frente a sus ojos, no pretendo acribillarla, no soy quien, sino precisamente lo contrario, que no la acribillen a usted en los tribunales.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
perfil Bri
22/08/2011 22:27
Mi opinión no es mejor ni peor que la de Pulpo Paul, que me parece, en un 99%, muy acertada y cabal; la perfección, lamentablemente, no existe.
Si el padre de su hija no cede a la adopción (si le dice que sí exíjale que se lo manifieste por escrito), y ante el reiterado incumplimiento de sus obligaciones familiares, yo le enviaría un burofax recordándole que hay una sentencia que debe cumplir en todos sus términos, y que si , con respecto a la parte económica, no abona las cantidades impagadas en un plazo "X" (pongamos 1 mes) tomará las medidas legales oportunas en defensa de los derechos de la menor.

Y a buscar pruebas; si es necesario, contrate un detective privado. Si realmente es un drogadicto y un alcohólico, en muy pocos días de seguimiento el profesional obtendrá pruebas suficientes, por lo que su minuta no será muy elevada. Pida varios presupuestos, en todo caso. Si él no trabaja, ¿de dónde saca el dinero para sufragar sus consumos de drogas y alcohol? ¿Delinque?

Un abogado contratado al efecto sabrá qué estrategia judicial seguir para la mejor defensa de los intereses de la menor y de usted misma.

Tal y como ha comentado Pulpo Paul, es muy difícil que al padre le priven de la patria potestad; no obstante, con varias condenas por incumplimiento reiterado de sus obligaciones familiares, amén de otros delitos, un juez podría llegar a suspenderla, o quitársela de forma definitiva.

Un saludo.
23/08/2011 09:53
gracias a todos por responder. el padre de mi hija, por lo que tengo entendido esta traficando con drogas, de ahi que pueda costearse sus vicios. Ademas heredo una herencia de su madre(algo de dinero). No quiero denunciarlo por la pension, no quiero que piense que voy buscando su dinero, ni tener nada que agradecerle, porque yo, gracias a Dios puedo mantener a mi hija sin su ayuda. Yo no le he hablado nunca a mi hija ni bien ni mal de su padre, le tengo dicho que cualquier cosa que quiera saber me la pregunte, y su respuesta es: mami a mi me da igual. para ella su padre es mi pareja y no guarda ninguna recuardo de su padre biologico, ni bueno ni malo. Yo lo unico que quiero es vivir tranquila, junto a mi niña. Si el hubiera demostrado amor por esa niña yo hubiera sido la primera que hubiera puesto de mi parte por una buena relacion de el con ella. Ha hecho daño, mucho daño, y solo quiero que esto termine pronto. Podria el renunciar a la niña por propia voluntad??
23/08/2011 10:34
Solo un juez puede quitar la patria potestad. Aunque el renunciase su en un par de anuos recupera la cordura podría cancelar lo firmado y recuperar los derechos como padre , aunque siga incumpliendo sus obligaciones. Es una puñeta pero lamentablemente es lo que hay
23/08/2011 10:58
No olvidemos que el incumplimiento, en este caso, no se reduce solo al impago de pensiones, sino tambien al regimen de visitas. Tienes que denunciar cada incumplimiento, al principio se tramitaran como juicios de faltas, y tras varias reiteraciones, tendrias mas posiblilidades de conseguir sentencia de retirada de patria potestad...
pero es un arma de doble filo, el padre podria decidir cumplir el regimen de visitas y llevarse a la niña cada finde alterno. Y aunque no pague las pensiones, no puedes negarte a las visitas, porque entonces la denunciada puedes serlo tu....
23/08/2011 16:55
Hola:

Bri, sospecho que si alguien llegara a ser perfecto se aburriría como una ostra, el resto de mortales no nos aburrimos y menos en este país donde las experiencias límite suelen estar garantizadas.

Nube123, sí, el padre puede renunciar, la única vía es que consienta la adopción, por eso le comentábamos que quizás sea lo primero que deba intentar. Todo por escrito y legalizado, papelito manda.

Por otra parte creo que tiene que desterrar de su cabeza esa idea de que si le reclama lo que está obligado a pagar es como si usted quisiera su dinero, es bastante común pensar así, pero erróneo. Usted lo único que haría es defender los derechos de su hija porque ella no los puede defender por sí misma, esto queda incluso fuera de su capacidad para decidir, es su obligación legal e incumplir con obligaciones legales puede tener consecuencias legales, nada buenas. Muchas veces no se trata de lo que uno quiera o no, sino de lo que se debe hacer, si no se hace se le puede volver a uno en contra. Yo he tenido que denunciar hasta la saciedad los incumplimientos de mi ex, custodia, del régimen de estancia, porque estoy obligado a defender los derechos de nuestros hijos y porque de no denunciarlo es muy fácil dar la vuelta a la tortilla y decir que soy yo quien no quiere cumplir con la sentencia. Ojo con esto, a la tortilla se la puede dar la vuelta muy fácil y pasar de tener capacidad para denunciar a ser denunciado, lo cual es el colmo, pero los colmos abundan y en estos bosques legales, habitat natural del pájaro colmo, más.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
23/08/2011 17:12
Hay una cosa que no entiendo, y es cuando me decis que la unica via es que consienta la dopcion, que quiere decir??

Por otra parte se que deberia denunciarlo pero no quiero por temor a que el como venganza decida venir a por la niña, sabiendo que solo lo haria por fastidiar, pues ya ha demostrado que importarle, no le importa mucho.
Hay otra pega, y es que le pusieron una orden de alejamiento conmigo por los malos tratos. como podria hacer en el caso de que se pudiera , hablar para que me firmara como que no quiere tener mas responsabilidad ni derecho con la niña??
perfil Bri
23/08/2011 17:26
Cuando comentamos que la vía es que consienta la adopción, estamos diciendo que el padre biológico de la menor debe renunciar a todos los derechos que le puedan corresponder, permitiendo la adopción de la niña por la actual pareja de usted.

Si él tiene una orden de alejamiento, el trato o negociación para que renuncie a sus derechos debe hacerse a través de abogado; en este caso un abogado de usted puede realizar todo el trámite, sin que ustedes hayan de verse para nada.

Un saludo.
24/08/2011 12:27
y ahora , poniendoos en mi situacion, que hariais? denunciarias aun corriendo el riesgo de que por coraje pueda venir a por la niña? intentariais quitarle la patria potestad? dejariais todo seguir su curso como hasta ahora??
perfil Bri
24/08/2011 16:38
Es una situación muy personal; desgraciadamente la niña es demasiado pequeña para opinar, así que le toca a usted decidir lo que puede ser mejor, a la larga, para la pequeña.
Mi opinión: debe buscar consejo y apoyo en su gente más cercana: pareja, familia, amigos.
Un saludo.
24/08/2011 17:29
Yo sobre la patria potestad aún tengo mis dudas, y la primera es por qué se da a algunos padres que no la solicitan.

El Código Civil, al parecer, dice en su artículo 156 que "Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva.", que parece ser lo que se hace con la custodia, y continúa "Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.", con lo que habría que ver qué fundamento ponen algun@s progenitores para reclamar la patria potestad, sobre todo, si no cumplen con sus obligaciones.

En el caso de los que no tienen la custodia, suelen tener un régimen de estancia con el menor -llamado visitas al parecer-, que curiosamente no parece denunciarse si no se cumple, y unas obligaciones económicas que evidentemente afectan al menor.

Me he encontrado el caso de progenitores que, tras no haber pagado ni un sólo mes de manutención en los años que lleven separados, y haber conseguido -por la vía del asedio económico, evidentemente- que la otra parte le cediera a los hijos durante un tiempo por falta de medios, aprovechan para reclamar al juez que les otorgue la custodia o que esta sea compartida.

Como siempre, depende de lo que dictamine el juez, pero a mí personalmente me parece que alguien que no ha cumplido voluntariamente en su vida con la manutención de sus hijos tiene dos explicaciones:

1.- O es totalmente incapaz para mantenerlos y por tanto está en peor situación que quien se ha visto impedido unos meses, con lo cual es evidente que no ha cumplido ni cumplirá con el deber inherente a su situación.

2.- O es capaz de mantenerlos pero no ha querido hacerlo mientras la otra parte tuviera la custodia, con lo que igual podríamos hablar, además del delito de abandono de familia, de un posible delito de coacciones.

En cualquiera de los casos, al no haber cumplido sus obligaciones reiterada y sistemáticamente, este tipo de denuncias para conseguir que la custodia cambien de manos podrían desembocar en que se perdiera la patria potestad, aplicando el art. 170 del CC: "El padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial."

Igual sería un buen aviso a navegantes para ciertas personas que, o bien pudiendo se niegan a abonar ridículas pensiones alimenticias para asfixiar a sus ex, o bien aún no estando en condiciones de mantener a sus hijos prefieren agotar sus pocos recursos en tratar de perjudicar a la otra parte.


24/08/2011 17:30
Hola:

Coincido con Bri, aquí le podremos hacer comentarios que le pueden ayudar a elegir mejor, pero, al final, la decisión es suya. Lo que si le puedo decir, sin miedo a equivocarme mucho, por experiencia propia y ajena, es que, en estos temas, no es bueno no hacer nada, el problema persiste y suele ir a peor. Es como la pequeña bola de nieve que arrojas por la ladera de una montaña, va cayendo y en su caída se va haciendo más gorda. Para mí, lo mejor es dejar muy claros estos temas, luz y taquígrafos, enfrentarlos, lo contrario se suele convertir en la historia interminable, en un sinvivir constante. Es dejar todo claro de una vez por todas, después se suele respirar con cierta tranquilidad. Por tanto, yo no dejaría que todo siguiera su curso como hasta ahora. No hay que tener miedo a denunciar, además, aunque sólo fuera por coraje, si consigue que ese padre lo sea, siempre ganará la menor. Sobre su intento de retirar la patria potestad me remito a lo comentado, es muy, pero que muy difícil y aún retirada la patria potestad podría permanecer incólume el derecho de su hija a relacionarse con el padre. Creo que debiera tratar en profundidad este tema con su abogado y tomar una decisión, intentando separar, sé que es muy difícil, los problemas entre progenitores de las cuestiones que afectan a esa hija común, los hijos son hijos pero también personas, con derechos, con libertades y con las obligaciones que se les pueda exigir y, sobre todo, como decía cierto poeta, tus hijos no son tus hijos sino flechas lanzadas al viento. Ánimo, suerte y acierto en el actuar.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
perfil Bri
24/08/2011 17:42
Coincido con PulpoPaul: debe hacer algo, sea lo que sea, pero algo tiene que hacer.

O ejecuta la sentencia, o denuncia, o intenta darle a su hija un verdadero padre que se preocupe por ella cotidianamente.

Ser exclusivamente padre biológico no creo que sea un título del que un hombre pueda sentirse orgulloso.

Un saludo.
24/08/2011 18:46
muchas gracias por contestar. Mi miedo es que decida venir a por la niña en el caso de que yo tome medidas legales, ya que seria un autentico drama para mi hija, pues a fin de cuentas, para ella es un desconocido ya que era muy pequeña y no se acuerda de nada de el. les aseguro que lo unico que miro es el bienestar de mi hija, y que no he metido mis problemas con el en ninguna decision de mi niña. Es evidente que el no se responsabiliza de la niña porque no quiere, no porque no pueda, pues como ya os comentaba son tres años de indiferencia total. nunca ha venido a verla, ni la ha llamado, cuando mi hija ha tenido que ir al medico o ha enfermado, el no ha estado ahi, ni a reuniones del colegio, ni a sus fiestas de cumpleaños, no sabe nada de ella. ni su comida preferida, su cancion o la muñeca con la que siempre juega. sabe que tiene un problema de huesos de nacimiento, y creeis que se ha preocupado alguna vez?? nunca. os aseguro que es doloroso, muy doloroso, ver que tu hija, sin tener nada de culpa, es un cero a la izquierda para este señor. mi hija es muy pequeña aun, y se que no puede decidir nada, por eso está su madre, no para decidir por ella, si no para evitarle cualquier dolor innecesario.
24/08/2011 19:52
Hola:

Por eso precisamente hay que hacer que los jueces se enteren de la situación, ya sea denunciando o demandando. A efectos legales ese padre cumple con todo pues los jueces no tienen constancia de lo contrario. De ahí lo que le venía a comentar, la bola de nieve. Ahora, después de tres años sin verla, puede verla con sólo decir que quiere verla, y si usted se niega la que cometería el ilícito sería usted, a efectos legales. Otra cuestión es si usted hubiera denunciado cada incumplimiento, alguna resolución judicial habría de por medio, no lo dude. Y, desde luego, jamás se hubiera producido esa situación en la que, de golpe y porrazo, sin tener contacto con el padre en tres años, ahora este tenga derecho a lo que se estableció en sentencia como régimen de estancia, como si no hubiera pasado nada. Si se hubieran tomado medidas legales, un juez no va a negar el derecho de su hija a mantener contacto con el padre, pero establecería un régimen de estancia acorde con la situación, progresivo, no brusco. ¿Se va dando cuenta de la importancia de denunciar/demandar en estos casos? Si no actúa seguiremos en las mismas dentro de seis años, peor todavía. Si se equivocó o no, no es lo importante, todos cometemos errores por desconocimiento, yo el primero, a pesar de nuestra buena voluntad, lo importante es lo que puede hacer a partir de ahora que sabe un poco más. Para elegir bien hay que conocer, eso es lo que pretendemos muchos en estos foros, informar para que usted pueda elegir bien.



Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
24/08/2011 21:16
Hola:

Vthor, custodia y patria potestad son cuestiones que nacen de un derecho natural, por el hecho de ser padre o madre, simplemente. Independientemente de lo que diga el Código Civil español, el 156 CC no es precisamente uno de los artículos más sensatos, menos, prácticos. La legislación española actual permite retirar la custodia fácilmente, pero la patria potestad todavía no, son palabras mayores. Para retirar la patria potestad se deben dar unas causales, causales que son reflejo de hechos muy graves, cuando los intereses del menor quedan gravemente lesionados, y esto, hay que demostrarlo, en base a ese tan vulnerado principio del in dubio pro reo, más conocido como principio de presunción de inocencia. Luego, es normal que, en toda sentencia, la patria potestad siga siendo competencia de ambos progenitores. No hace ni falta que el progenitor la solicite, es, por derecho natural, de ahí el probable absurdo de la redacción del 156 CC.

Con respecto a los impagos de prestaciones por alimentos volvemos a las mismas consideraciones que ya expuse, y otras. Todo hay que demostrarlo, la carga de la prueba, en tales casos, recae sobre quien es denunciado/demandado, pero hay límites. No vaya a ser que la denuncia, sobre todo, se convierta en una figura delictiva como lo es el acoso judicial y con base en denuncias falsas, otra figura delictiva.

No dejo de esbozar una sonrisa irónica cuando se menta ese “un juez decidirá”, desde luego que un juez decidirá, pero no como amo de la barraca y porque le salga de los puñetes, en un estado de derecho las decisiones judiciales han de estar motivadas, es decir, los jueces deben ser meros instrumentos para aplicar una ley o norma a la cual han de estar sometidos todos los ciudadanos, incluidos los jueces, el juez sólo lo puede ser al amparo de la Ley que también lo vincula, es el referente común para todos y por encima de todos, incluidos los propios jueces . De ahí que exista el delito de prevaricación o el de discriminación, entre otros de los que afectan a los funcionarios.

Yo personalmente añadiría un tercer punto, como mínimo, a su argumentación sobre los impagos de prestaciones:

3.- O son padres llevados a la ruina económica y moral, que NO PUEDEN pagar nada.

El caso concreto que expone es muy difícil que se dé, al menos en los términos en los que se basa usted. Habría que ser un artista del trapecio para ello. En primer lugar para eludir el 227 CP y es muy difícil.

El supuesto que plantea, una mente perversa que induce a la miseria al custodio no pagando prestaciones por alimentos, para hacerse con la custodia, sin descartar que se pueda producir en algún caso muy puntual, me temo que raya o cae en el terreno de lo inusual. Como supuesto, no está nada mal, a más de un estudiante de derecho le obligaría a estudiar. De eso se trata. En el campo real es muy diferente y mucho más complicado que estos supuestos. O muy fácil, según el caso.

Creo que su exposición, su supuesto, es demasiado simplista y obvia muchas cuestiones que se dan hasta la saciedad en la práctica. Como siempre, hay que recordar un valor supremo en todo estado que se precie ser de los de derecho, España dejó de serlo, lo afirmo categóricamente, que representa el principio de presunción de inocencia y quien acusa ha de demostrar, no perdamos el horizonte de lo que es un estado de derecho. Para aplicar el 170 CC y cualquier otro artículo, primero hay que demostrarlo y segundo se debe determinar el dolo bajo la máxima de que no existe delito sin dolo. Que también hay que demostrar.

Sería absurdo negar que hay personas que pudiendo pagar no pagan las prestaciones por alimentos, las hay, por supuesto, en esos casos yo mismo aconsejo denunciar y sin mirar para atrás ni a los costados. Pero la realidad que vivo en mi día a día no me permite llegar a la conclusión de que esto sea una práctica generalizada. Y, recuerde, ese “no estar en condiciones de mantener a sus hijos” nada tiene que ver con otras cuestiones como el régimen de estancia y comunicación con los hijos, son temas muy distintos. Por otra parte, dudo mucho que se retiren custodias por el simple hecho de estar en paro, algo verán los jueces para retirar la custodia que nada tiene que ver con esto, eso no es causal por sí misma. Sacarse la tarjeta del paro no implica perder la custodia.



Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
24/08/2011 21:43
Estimado PulpoPaul,

Me siguen sorprendiendo sus cambios de opinión, ahora respecto al Juez como instrumento. Efectivamente, debería ser así como dice, peeeeroooo... en mi opinión ya le dije que es una lotería. Y como tal... al final dependerá del número que saque de la bola. Y no digo que la justicia sea un cachondeo porque luego encima me procesan.

Referente al caso de la mente perversa... yo no lo hubiera calificado así. Ya comenté lo que me parecía de quienes no pagaban ni un euro en toda su vida de manutención.

No hablo de padres que un mes, dos, o un año no puedan, si no de quienes nunca han abonado voluntariamente ni un euro, pero mantienen su casa, su nueva familia, su vehículo, e incluso trabajan estando de alta en la seguridad social en ocasiones.

En estas circunstancias... imaginemos que teóricamente una madre se ve en las últimas, y decide que si no le llegan los ingresos más que para alquilar una habitación las menores estarán mejor con su padre. En esas circunstancias, de asfixia económica, sin que el padre pague un euro de manuntención como decía, imagine que se traslada cientos de kms. a vivir a la ciudad donde reside el padre, siquiera para poder ver a sus hijas algún fin de semana si le deja, y que tarda... 4 ó 5 meses en encontrar un empleo que le permita recuperar un modo de vida más digno para sus hijas.

El padre, que se hace cargo de sus hijas ese tiempo, no sólo no tiene problemas en mantenerlas, si no que al enseguida pide la modificación de medidas para que le retiren la custodia a la madre... ¿cómo cree que explicará este padre que está en mejores condiciones que la madre para mantener a las menores?, ¿cómo explicará que ha podido mantenerlas unos meses mientras la madre buscaba trabajo pero no tiene ni 100 euros para pagar la manutención desde hace años...?

Por supuesto, son casos inusuales -o así lo espero- pero no inexistentes... y como ejemplo... un hilo de este foro: http://www.porticolegal.com/foro/familia/659398/tenemos alguna posibilidad de consiguir la custodia

José Ramón al parecer considera que con esa táctica se puede conseguir la custodia, por ejemplo...
25/08/2011 00:12
Hola:

Vthor, no crea que son cambios de opinión, los puede haber, todos evolucionamos, si queremos, pero digo evolucionar, no cambiar de chaqueta, es muy diferente. Al final creo que ambos coincidiríamos, si por fin tuviéramos a bien ambos hacer uso de la razón pura, intentando ser lo más objetivos posible. Salvo una natural evolución, siempre positiva, se dará cuenta de que mis yerros no lo son en demasía y mantengo con coherencia mis teorías.

Claro que es una lotería, claro que debiera ser como he venido a exponer y claro que la justicia es un cachondeo, si usted no lo afirma, yo sí, y, tranquilo, no es delito, lo llevo años afirmando y todavía no me han procesado. Hasta lo han intentado, pero piña. No crea, tiene sus inconvenientes, lo que no se atreven a hacer de frente y por derecho, lo hacen vilmente de otras maneras, estoy más que vetado en ciertos foros y he sufrido ataques más que sospechosos en mis computadoras, digo bien, no una, varias. Fuera de España también, por atacar a impresentables multinacionales españolas.

No voy a discutir que existan casos como el que expone, ni mucho menos, porque pueden existir, claro que sí, pero que son muy puntuales eso también. Rayan lo anecdótico. Vamos, que trabajar legalmente, mantener una casa, nueva familia, vehículo y no pagar prestaciones por alimentos es incompatible y que hoy en día acaban entre rejas eso es matemático. Otra cuestión es que quien sufre de estas condiciones no sepa como activar los procesos legales pertinentes que le permitan alcanzar la justicia que se merece. Por eso me ando por estos foros, para que muchas personas que no saben, sepan, con conocimiento de causa, y me da igual el sexo, menos la aberración del género. Creo que he demostrado mi actitud y aptitud sobradamente por estos foros, con mis aciertos y errores.

O, que cree, que yo amparo conductas criminales, jamás, ni la del padre que pudiendo pagar no paga ni la de la madre que hace abuso del derecho, con la típica denuncia falsa de por medio, mire que las suelo repartir de las de una cal y otra de arena, a mis opiniones me remito, que son numerosas, llevo opinando muchos años ya, unos siete, por estos foros.

En el supuesto que plantea, madre asfixiada económicamente decide que como no puede mantener a sus hijos se los deja al padre. De entrada, si fuera una consulta en estos foros, yo le contestaría que ni de coña, señora eso hay que hacerlo legalmente, solicite una modificación de medidas exponiendo razones y soluciones, no crea, los jueces, como a cualquier funcionario, gustan de que se les lleve el trabajo hecho. Menos el lanzarse a buscar trabajo con sus hijas a cientos de kilómetros, ella lo puede hacer, pero no con las hijas, mientras no obtenga una aprobación judicial, aún con el consentimiento del padre, siempre habrá de existir consentimiento judicial, no se pueden modificar sentencias por las partes. Si se opta por soluciones de ese pelo, sin consentimiento judicial, luego vienen los problemas. Esto es matemático. Luego, ya partiríamos de una base muy irregular desde el punto de vista legal. Por tanto, lo que viene después, el padre, dada la situación, pide cambio de custodia, también es irregular, de entrada tendría que demostrar que sucedió tal. En un caso así, en realidad sería el custodio, en tal supuesto, el que mayor pecado comete, por no hacer las cosas bien. Cuando nuestras vidas quedan “judicializadas”, maldita gracia hace, el único referente válido en cualquier cuestión es un juez, sin más. Esto vale tanto para la madre custodia que transfirió de facto la misma al padre sin consentimiento judicial, como para el padre que acepto tal condición sin consentimiento judicial. Ambos progenitores estarían en serios problemas legales. Si mañana me hace eso mi ex, yo no lo aceptaría ni de coña, mientras no pase todo por el juez, ¿quién me garantiza a mí que no es una treta de mi ex y mañana me denuncia por sustracción de menores? Yo no corro ese riesgo, tengo 5 regímenes de visitas, según circunstancias, pero independientemente de eso, introduje en mi convenio, sentencia firme hoy, en pocas palabras, que mis hijos podrán permanecer en mi compañía cuando les venga en gana, y, mire por donde, son mis