La verdad es que no me fío de ella, porque fue la abogada de el en vida y, a parte de amargarnos la existencia, especialmente a mi hijo, no le quiero conceder nada. Es de mi hijo, creo yo y voy a luchar por ello que bastante daño le hicieron .
La herencia de su difunto esposo se rige por la ley de Senegal; pero, además de que en ese país con toda seguridad hereda el hijo y no el resto de la parentela, lo cierto es que el seguro es cosa aparte. El beneficiario de ese seguro (no dice usted si se trata de una póliza, seguro de empresa o estatal) es quien se lleva el dinero. Y, si no se pone el beneficiario, hereda quien tiene ese derecho según la ley del país que rige el seguro. Tratándose de España, en ambos casos, herencia y seguro, hereda su hijo. En cuanto a la abogada, no tenga duda en contratar a otra para encarar adecuadamente el asunto, porque puede estar aprovechándose de su buena fe y desconocimiento de esta materia.
Hola, el padre de mi hijo ha fallecido. Era de Senegal aunque vivía, trabajaba y murió aquí en España. Mi hijo y yo somos españoles. La que fue su abogada en vida y nos ha hecho la vida imposible a mi hijo y a mi, ahora nos exige repartir el dinero del seguro con la familia de él, porque así lo dice el código civil de Senegal. Y como no lo tengo claro, ni medios económicos para pagar un abogado, me dice que ella se encarga del papeleo si renunciamos a la herencia. Es de mi hijo, no quiero renunciar. ¿ Es verdad lo que m dice? ¿Se puede acoger al derecho de Senegal?