Buenos días, les comento mi caso, soy heredero junto con otros 3 hermanos más de una vivienda que está disfrutando uno que tiene una discapacidad y yo soy su tutor. Nos ha llegado un embargo de la seguridad social por una deuda de uno de los hermanos. Mi pregunta es, ¿podemos sacar al hermano que tiene deudas de las escrituras pagando la deuda a la S.S? Mi otra duda es si podemos quedarnos los dos hermanos con la vivienda y dejar al discapacitado como usufructuario para que en caso de que falleciese esta persona no herede nada el hermano que tiene deudas. Espero haberme explicado bien, gracias.
Pueden comprar ustedes la deuda de su hermano, ejecutarla y quedarse con ella si la de ustedes es la mejor puja en subasta, que es lo esperado. En cuanto al usufructo, tanto su hermano como usted también pueden hacer lo que quieran con su propiedad, dejarla en usufructo o en herencia de la manera que mejor les parezca.
Gracias por contestar tan rápido. No sabía que se tenía que subastar, creía que con ir a la seguridad social y pagar esa deuda podríamos escriturar ya a nuestro nombre quitando al hermano moroso.
Respecto al hermano discapacitado el problema es que no sabemos si un juez nos tiene que autorizar, ya que vamos a sacarle de las escrituras y dejarlo como usufructuario para evitar que en un futuro el hermano deudor herede la parte de su hermano ya que no tiene descendientes.
Gracias de nuevo .
No se puede tocar el patrimonio de una persona con la capacidad modificada. Han de presentar una detallada, justificada y completa demanda ante el juez quien, tras oír al Ministerio Fiscal, adoptará y seguirá estrictamente la decisión sobre la enajenación de patrimonio. No parece que sean suficientes sus temores sobre el hermano moroso como para que el juez les dé lo que pretenden, pero sería cosa de ver el tema en detalle.