Tras un accidente de tráfico he ganado un Juicio civil, el contrario (la Compañia de Seguros) ha sido condenado a mi indemnización y pagar las costas. ¿A quien le corresponde quedarse las costas, a mi abogado o a mi demandante-perjudicado?
Sí, las costas no son más que un Derecho TUYO al reintegro de los honorarios de tu representación y defensa profesional y de los conceptos referidos en el artículo 241 LEC.
Si no les has pagado nada, es lógico que se paguen por los condenados directamente y las costas ni se tasen (seguramente, que la otra compañía los pagaría sin más a tu abogado, es uno "usus fori").
por logica, el abogado te cobra a ti, pero como ganas las costas, tu pagas con lo que ganas en las costas. pero debe ser lo que dice rabula, que se pague directamente.en la practica se hará así.